#1 Aeródromos sin pavimento
Antes que nada, soy nuevo en esto asi que si cometo algun error espero sepan disculpar.
Hace unos días se nos asignó un proyecto a través de cual debemos diseñar el sistema electrico del balizado de un aeródromo, que consiste en una pista de 1200m por 30m, sin pavimentar y obviamente sin balizar. Hemos investigado la normativa vigente al respecto , pero sin llegar a conclusiones concretas.
Quisiera saber qué disposicion, normativa, reglamento o lo que sea debemos seguir. En un principio encontramos la disposicion 04/09 del Comando de Regiones Aereas. Esta disposicion esta muy clara y en su anexo explica todo con lujo de detalle, sin embargo solo se limita a "aeródromos de uso exclusivo agro-aereo". Mi preguna es: a caso tenemos que guiarnos en todo por el ANEXO 14, "Aeródromos" de la OACI, siendo que se trata de una pista sin pavimento? que reglamentación debe seguir un aerodromo publico como este? Bajo que reglamentación estan señalizados, por ejemplo los aeródromos de La Matanza y Quilmes entre otros, que he visto por google earth, que tampoco son pavimentados y que no estan señalizados por el ANEXO 14.
Hay diferencias notorias en la forma de señalizar repecto de lo que indica OACI, por ejemplo, en las señales designadoras de pista, las señales de borde de pista, etc.
Desde ya muchas gracias!
Hace unos días se nos asignó un proyecto a través de cual debemos diseñar el sistema electrico del balizado de un aeródromo, que consiste en una pista de 1200m por 30m, sin pavimentar y obviamente sin balizar. Hemos investigado la normativa vigente al respecto , pero sin llegar a conclusiones concretas.
Quisiera saber qué disposicion, normativa, reglamento o lo que sea debemos seguir. En un principio encontramos la disposicion 04/09 del Comando de Regiones Aereas. Esta disposicion esta muy clara y en su anexo explica todo con lujo de detalle, sin embargo solo se limita a "aeródromos de uso exclusivo agro-aereo". Mi preguna es: a caso tenemos que guiarnos en todo por el ANEXO 14, "Aeródromos" de la OACI, siendo que se trata de una pista sin pavimento? que reglamentación debe seguir un aerodromo publico como este? Bajo que reglamentación estan señalizados, por ejemplo los aeródromos de La Matanza y Quilmes entre otros, que he visto por google earth, que tampoco son pavimentados y que no estan señalizados por el ANEXO 14.
Hay diferencias notorias en la forma de señalizar repecto de lo que indica OACI, por ejemplo, en las señales designadoras de pista, las señales de borde de pista, etc.
Desde ya muchas gracias!
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), asi que a muchos haria pensar que son "poco utiles". Sin embargo, su apariencia no debe primar, y se las debe acondicionar debidamente para poder utilizarse correctamente. Unos ejemplos de los aviones que a priori uno no esperaria ver despegar o aterrizar en una pista de tierra:


), diria que el acondicionamiento de las pistas debe ser adecuado en cuanto a balizado y radio ayudas para su utilizacion por parte de aviones de todo tipo, no solamente de uso agropecuario.