¿La cárcel es para los pobres?
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igual la sentencia no es excarcelable, asi que supongo que pago para poder boludear hasta que la sentencia este firme, una vez firme la sentencia no podria salir pagando la fianza y se tendra que comer los 4 años.
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Te explico. Primero cabe aclarar que si bien hay sentencia de tribunal oral, al concederse el recurso de Casación la calidad que mantiene Barrios es de ACUSADO, no de condenado. Por lo tanto, él está con cautela personal, es decir, prision preventiva.
Al ser la prisión preventiva, la medida cautelar de mayor severidad, la Cámara de Apelaciones entiende que no se concurre una de las causales para dictar la prisión (art. 312 y 319 CPPN). Es decir, no intentará de eludir la acción de la justicia. Para esto el tribunal resaltó la PREDISPOSICIÖN que tuvo Barrios en todo el proceso (parece que se olvidaron que se dió a la fuga por 6 horas apróx).
Bien ahora, ¿cómo cesa la prisión preventiva? por Sobreseimiento, Condena en sentencia definitiva o EXCARCELACIÓN (no estar detenido mientras transcurre el proceso pero se somete a un régimen de control).
A Barrios creo que lo encuadran en el 316 y 317 del CPPN como requisito para que proceda el trámite de excarcelación.
Ahora, para que se entienda....no es que se va gratarola por la vida. Tiene que garantizar que se va presentar cuando sea citado por el juez, o en su caso, por su responsabilidad económica.
Entonces se pide una Caución. Hay tres tipos de cauciones, pero la que se le aplica a Barrios es la Caución Personal creo. Consiste en que un tercero va a hacer de fiador y se obliga a pagar la suma que el juez considere a los efectos de lograr un comportamiento que no termine menoscabando el patrimonio del tercero. Esto es así, a Barrios lo largan, pero el que pone los 200.000 lo va a vigilar a Barrios a sol y a sombra, sencillamente porque no quiere perder su dinero y que el juez ingrese esa platita a las arcas del Estado.
Por eso te decía que a un pibe que no tiene tantos recursos le pueden dar una caución personal mucho menor, acorde a la billetera del tercero. O también le pueden dar la caución Juratoria.
Espero que te haya aclarado algo.
Me olvidaba de la Caución Real, que apunta a que se deposite dinero,papeles públicos, o constituyendo prendas o hipotecas. -
Que pregunta... para ser sincero, hay muchas razones para pensar que con plata se puede safar y sin plata no, es triste pero es la realidad...
Ahora en el caso puntual, me cae muy mal la hiena, me parece un HDP y ojala se pudra en la carcel, pero la realidad es que es dificil que se escape un tipo conocido... todo el mundo lo reconoce, aparte la unica forma de escaparse es irse del pais...
Pero sabemos que no es un tipo muy centrado, espero que no ande manejando chupado a la semana de liberado... -
hay q verle el lado positivo.
Espero q el tipo q perdió a su mujer y a su hijo tenga los huevos y aproveche esta oportunidad para hacer justicia por mano propia así puede descansar tranquilo, ya q de todos modos la condena de 4años es un chiste por matar a dos personas
Y sí, la fianza NUNCA debió existir en ningún caso. Es una tomada de pelo por donde se lo mire -
Gente, aca muchos juzgan desde la impotencia, pero no racionalizan. Barrios es un flor de pelotudo, probablemente un inutil para cualquier otra cosa que no sea boxear, pero no es un asesino, es un miserable, mal educado y todo lo que quieran, pero recluirlo no lo va volver mejor ni va a beneficiar a la sociedad. Seria mejor que lo inhabiliten para conducir de por vida, pero para que meterlo preso? Por venganza nomas....
Y lo digo habiendo muerto mi viejo por las mismas causas cuando yo tenia 5 años, y si tengo que ser sincero no me da bronca que el chabon no este preso, me da bronca que sea tan basura de nunca haber pedido disculpas, fue simplemente un pelotudo, un inutil, pero no un asesino.... Y si hubiera que meter presos a todos los pelotudos terminamos con menos habitantes que el vaticano...

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