El Senado respaldó una sanción a Telecom por publicidad engañosa
Había sido aplicada por la Subsecretaría de Defensa del Consumidor por el cambio en las prestaciones del servicio de Internet.
El Senado nacional respaldo la sanción que la Subsecretaría de Defensa del Consumidor le aplicó a la empresa Telecom por "publicidad engañosa" por los servicios de Internet prestados a través de la firma Arnet.
Así lo informó hoy, a través de un comunicado de prensa, la Subsecretaría que encabeza Patricia Vaca Narvaja, desde donde se destacó el hecho de que el Senado de la Nación haya "declarado su beneplácito" por la Resolución a través de la cual se aplicó "la protección prevista en las leyes de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial a la publicidad engañosa".
El comunicado señaló que "en noviembre de 2004, la Subsecretaría de Defensa del Consumidor dictó una medida cautelar y realizó una imputación, por presuntas infracciones a la ley de Defensa del Consumidor y de Lealtad Comercial a la empresa Telecom Argentina S.A. (Arnet), en relación con el anuncio de la empresa de modificar en forma unilateral la prestación de los servicios de Internet" (Archivo 25/11/2004).
"La empresa -indicó el comunicado- por una parte había anunciado un aumento de la velocidad de la banda ancha y, por otra, que eliminaría la tarifa plana, es decir que a partir de junio de 2005 facturaría a sus clientes 15 pesos más IVA por cada gigabyte que exceda en la utilización de los servicios, respecto de un cupo previamente asignado".
El texto señaló que "la pretensión de la empresa de aplicar estas modificaciones a toda su red de clientes, en forma unilateral y sin consentimiento ni aceptación alguna por parte de los mismos, importaría una clara modificación de los servicios contratados por los usuarios y un incumplimiento del contrato previamente pactado".
"En cuanto al anuncio de que la empresa duplicaría la velocidad de conexión a sus clientes, resultaba dudosa, en atención a que por su naturaleza, y por propio reconocimiento de la empresa, no pueden asegurarse máximos y ni siquiera promedios de velocidad a los usuarios", ya que "depende de la cantidad de usuarios, horarios de navegación, tráfico, características de la PC, etc".
El comunicado destacó que "en función de todo ello, es que se dispuso, preventivamente, que la empresa se abstenga de realizar cualquier cambio en las modalidades del servicio contratado sin previo consentimiento y/o requerimiento de sus clientes, suministrando información veraz, adecuada y suficiente respecto de las características esenciales del mismo".
(Fuente: DyN)
