#2 Re: asesoramiento divorcio
Este no es el lugar, el post correspondia o que lo hagas en la zona laboral o zona legal... pero ignorando esto, ya que supongo algun mod lo va a mover, si te vas de la S.R.L, dicho sea de paso unico tipo de sociedad que pueden formar los esposos , es simple, te corresponde reintegro del capital social aportado mas la distribucion de las uitlidades liquidas y realizadas desde el inicio del periodo hasta el periodo en que te retires. Eso asumiendo que eras parte de la sociedad, ademas por otro lado en el divorcio entran a jugar los bienes gananciales, por lo que es importantisimo que des mas datos. En cuanto a tu seguro, obra social, etc; los perdes. Por que partiendo de que la misma era de 3° categoria, la obra social, seguro de vida, autonomos, etc; que los socios abonaban lo hacian por cuenta propia.
Ahora bien en el otro supuesto de que no hayas sido socia de la srl si no mas bien un empleado en relacion de dependencia y vos voluntariamente renuncies no te corresponde nada, mas que tu empleador en este caso tu marido, te abone el sac proporcional, vacaciones devengadas y dias trabajados en el mes. Ahora si te despiden (te recomiendo este supuesto) te corresponde indenmizacion por despido sin justa causa, por antiguedad, sac, vacaciones, sac proporcional, etc. Eso partiendo de que hayas estado inscripta como corresponde, vulgarmente llamado en blanco. De lo contrario es mas abultada la indenmizacion que recibiras, pero como dijiste que recibis seguro vida etre otras, supongo que este es el caso.
Editado por GuillermoBasbus - 29.10.2009 20:30 hs.