1 Firmas Inventadas , delito y pena aplicable
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Necesitouna opinión urgente sobre el siguiente asunto :
Unaempresa tiene quiebra decretada por un juzgado y síndico asignado.
Elgerente general reúne al personal y les dice que van a seguir operando a pesarde que no debería hacerlo, ya que por ley una empresa con decreto de quiebra nopuede funcionar.
Unapersona envía una carta al juzgado interviniente para informar esta situación,como tiene miedo de firmar la carta le pone los nombres de dos empleados queexisten, con sus números de DNI reales y hace dos firmas que ni siquiera separecen a las reales, o sea que no las falsifica sino que las inventa, pensandoque en el juzgado le darán mas atención a una carta firmada por dos personasque a una anónima.
Además envía alsíndico una fotocopia de la carta enviada al juzgado.
Loque indica en su carta es la verdad, es decir que la empresa continúafabricando aunque no debería hacerlo porque es ilegal.
Conesto ella no obtiene para si misma ningún beneficio económico y solo pone enevidencia ante el juez y el síndico una realidad.
Estápersona que envió la carta cometió algún delito ? , si lo cometió que pena lecorrespondería ?
Desdeya muchas gracias por la respuesta que puedan hacerme llegar. -
En sentido penal, por algun motivo u otro, seria atipico. Igual dudo que se pueda llegar a probar quien la realizo. Pero si, es comprarse un quilombo.
Porque decis que es ilegal que una firma en quiebra siga trabajando? Muchas veces se dan situaciones que permiten la continuidad de la empresa.
Salutes! -
Agrego a lo que dijo Weircreep, no sólo puede llegar a NO SER ILEGAL, sino que hasta es muy factible que el juez ordene al síndico mantener la empresa en marcha, ya que así es mucho más fácil su realización.- También las nuevas leyes concursales contemplan las COOPERATIVAS DE TRABAJADORES, para no perder la fuente de trabajo.-
Y por último!!!, no sé el síndico, pero que un juez haga caso de una "carta que denuncie que la empresa sigue trabajando" es casi casi Argentina año verde!!!
Si en verdad se quiere realizar una denuncia formal, debe "ingresarse en el expediente", con patrocinio letrado, cumpliendo ciertas formalidades según la jurisdicción.- Con todo el trabajo que tienen los jueces CIVILES NI EN SUEÑOS van a ponerse a "estudiar" denuncias fuera de los expedientes, porque correrían el riesgo de tener su despacho tan lleno de "cartas", que no podría ni entrar.- Y juro que no estoy siendo irónica!!! -
Basicamente, porque no veo que exista obtencion de un beneficio fraudulento. Penal es asi, siempre se le encuentra la quinta pata al gato para buscar la atipicidad. Igual me puedo estar equivocando, penal no es lo mio asi que no tengo intencion de debatir. La idea era explicarle al que hizo el post, que si bien actuo mal, lo mas probable es ue no tenga consecuencias juridicas el acto.
Salutes! -
jajaja yo todabia no lo estudie (recien empiezo a cursar penal 2, que es la parte especial) , pero creo que no es atipico, aunque te doy la derecha en algo, siempre se le trata de buscar la atipicidad a todas las figuras jajaja sin ir mas lejos el viernes tube un examen y un caso practico era sobre un tipo que atropello a una persona en el centro y se da a la fuga por miedo a que lo linchen y teniamos que tratar fundamentando que la persona responda solamente por lesiones y no por abandono de persona , buscando la atipicidad ,pero bueno no viene al post, asi que dejo de desvirtuar, fue solo una pregunta que se me vino! gracias de todas formas
