Recurso Canon locativo en sucesión
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Buenas tardes,
Quería preguntarles si alguno de ustedes sabe si es posible para cualquiera de las dos partes en un juicio por Valor Locativo (parte de una sucesión), recurrir la sentencia si ésta se considera injusta.
En caso afirmativo, cuánto tiempo (por lo general) tarda en salir el recurso, y si después de la espera, los valores son actualizados teniendo en cuenta la inflación durante dicho período.
Muchas gracias. -
Toda Sentencia se puede apelar.- No es posible estimar tiempo de la apelación sin saber dónde tramita el incidente.- No, creo que ningún juez acepte una "actualización" aunque la inflación se coma el canon.- Sin ir más lejos este año la Justicia de la Provincia de Buenos Aires, tuvo casi más días de paro que de actividad judicial, y ya pasaron tres meses desde que empezó el año judicial!!!!, cómo te imaginas que se podría calcular el tiempo que un expediente esté en la Alzada?
El plazo para apelar se cuenta desde que las partes (cada una) esté notificada de la sentencia, y es en general, salvo disposición en contrario de cinco días hábiles, que se empiezan a contar desde el día siguiente de la notificación.- En el escrito solo SE APELA, sin fundar ni exponer el porque se está apelando, una vez concedida la apelación se debe fundar.- La falta de fundamentación en tiempo y forma casusa la deserción del recurso.-
