Divorcio
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Hola, busco orientación para una amiga divorciada, ella se divorció legalmente en el año 2004, el divorcio fue de mutuo acuerdo con su ex, se divorciaron con dos abogados, uno para ella y otro para el ex, pero estos dos abogados eran socios del mismo estudio jurídico, cuando salió la sentencia ella y su ex abonaron respectivamente los honorarios y los aportes del juicio de divorcio, pero sin comprobantes de ello, (en mano solamente), ahora mi amiga pone una abogada que va a ver el expediente y sale que la sentencia nunca fue notificada, que no hay comprobantes de pago en el expediente de honorarios y aportes, que trató de ubicar a los abogados a través del colegio de abogados, le informan que están suspendidos de la matrícula, le dan un teléfono pero no existe el abonado en servicio, que la nueva abogada notificó la sentencia, y que en la caja de abogados le han dicho que se deben intereses aunque la sentencia no fuera notificada en 2004, ahora hay un problema para inscribir la sentencia de divorcio porque esos abogados no pagaron aportes en su momento en el expediente, mi amiga no entiende este tema, ¿quién tiene que pagar ese dinero con intereses, esos abogados de antes, la nueva abogada y mi amiga?, ¿es cierto que debe pagar intereses desde 2004?.
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Si, desde que se considera como notificada de "oficio" o sea 180 días después de dictada la sentencia.- es muy fácil saber cuanto tiene que pagar, en cualquier delegación de la Caja lleva la copia de la sentencia y le sacan la cuenta.- En provincia sin no están cumplidos los aportes no hay manera de que salga la documental para inscribir, y como frutilla del postre, los honorarios pueden prescribir, pero lograr que la Caja acepte la prescripción es "misión imposible".-
Lo único que también pueden hacer es averiguar si en la Caja se hicieron los aportes, es más que improbable, pero podría resultar que los hubieran hecho y no los hubieran presentado en el expediente.- -
Creo que eres algo "pesimista".- ¿te ha ido tan mal con mis colegas que piensas que somos algo así como "draculín"? jajajaja
Además, las reglas del art. 21 de la ley arancelaria, no tiene nada que ver con el profesional.- Por supuesto que lo que está más que mal, es que no haya otorgado recibo por la percepción de sus honorarios, pero yo diría que es una "culpa compartida", ya que más que sabemos que cuando hacemos un pago "a cualquiera", debemos siempre exigir se nos de el comprobante de ese pago.-
En derecho se dice que "nadie puede alegar su propia torpeza" y que duda cabe que abonar sin pedir recibo es una torpeza.-
En principio, creo que lo primero es averiguar en la Caja si no se hicieron los aportes, más de una vez, se han hecho y se dejó para más adelante agregar los comprobantes y resulta que después o se perdieron o que se yo.- Si no se hicieron para lograr que se libre la documental, no tienen más remedio que "hacer los aportes de las dos partes, cliente y letrado", aunque después vaya al estudio del "abogado" infiel, y le haga un hermoso escándalo frente a algunos otros clientes.. que merecérselo, te diría que se lo merece.
Esos profesionales son manchas para nuestra profesión y la causa de que el popular de la gente piense como Hipercubo, lo que a los profesionales honestos nos da en cierta parte de nuestra anatomía que no es educado referir -
No por ahora, ya que los honorarios regulados prescriben a los 10 años de "notificados".-
Pero hay algo bastante importante en lo que nos informaste en algún momento, que los abogados están suspendidos en la matrícula. Te comento que debe haber habido algo lo suficientemente "groso" para que el Colegio haya tomado esa resolución. Quizás sea que tuvieran varias denuncias justamente de esa conducta, de retener los aportes y no realizarlos en tiempo y forma.-
Quizás, si van a hablar al tribunal, con el o la Secretaria, te diría en forma "personal, aunque les acompañe la abogada que está actuando ahora, podrían lograr que les permitieran hacer los aportes, de acuerdo con la liquidación que realice la Caja, y se "obvien" por lo menos por ahora, el pago de los honorarios en si, ya que no se pueden localizar a los abogados, ni por el colegio ni por otro medio como ser la guía.- Si así fuere, por supuesto van a perder plata, ya que los aportes si o si van a tener que pagarlos, pero al menos lograrán poder inscribir el divorcio con todo lo que ello conlleva (adquisición de bienes en forma individual, nuevo matrimonio etc.).
El aporte se calculará como el 15% del total regulados menos el importe del jusprevisional pagado al inicio del juicio actualizado a la fecha de pago.-
Ejemplo los honorarios en el año 2004, por un divorcio de común acuerdo sin división de bienes podría rondar los $ 2500 por cada abogado.- Entonces suponiendo que la regulación fuera esa y la sentencia hubiera salido (es sólo una suposición) el 15 de junio del 2004, la Caja liquidaría por los $375 que correspondiera abonar en el 2004, a fines de mayo de 2012 un total de $1016.- menos los $ 120 que hoy cuesta el Jus se debería abonar por cada abogado alrededor de $ 896.- De acuerdo a la fecha exacta de regulación y la fecha exacta de pago, el importe variaría, pero el cálculo que te hago es para darte una idea, y te informo que desde la fecha de regulación, hasta el 31/07/2006, aplican la tasa pasiva que informa el Banco de la Provincia de Buenos Aires y desde el 1°/08/2006 a la fecha de liquidación, la Tasa Activa del mismo Banco.-
En definitiva, para conseguir que se libre la documental si o si lo que se debe abonar (en el caso por mi supuesto) es alrededor de $ 1800.- entre ambos cónyuges, por supuesto con más lo que cobre la abogada por hacer la documentación (oficio y Testimonio) con más la tasa de Inscripción en el Registro Civil y los honorarios del gestor que haga el trámite.-
Si querés que te realice un cálculo más exacto pasame la fecha de la sentencia y el monto de los honorarios regulados.- Además esta herramienta también la tiene la abogada que ahora está actuando, pero a veces no la usan.- Me gustaría que me tuvieras al tanto de como están saliendo las cosas.
Y no dejes de advertir, que estoy hablando en el caso de que el Tribunal acepte que se hagan los aportes sin que se presenten los recibos de cobro de los honorarios regulados a los letrados que actuaron en el expediente.-Última edición por Despistada41; 04/06/2012 a las 13:44
