un divorcio con bienes
-
Hola, A ver si me pueden dar una mano, es el caso de un divorcio con bienes, hay para adjudicar a uno de los cónyuges un inmueble con valuación fiscal de $98.000, y para el otro cónyuge un automotor con valuación fiscal de $50.000 en base a esto, cuánto cobraría un abogado para tramitar el divorcio y hacer las adjudicaciones en el expediente, y si hacen el divorcio sin denunciar bienes en el expediente, y hacen las adjudicaciones fuera del expediente, ¿cuánto cobraría el abogado en este caso?.
-
En primer lugar debes decirnos en que jurisdicción se tramitaría el divorcio.-
Igual, si el abogado no está dispuesto a trabajar a regulación judicial, tiene libertad para cobrar lo que crea justo por su trabajo.- No hay aranceles máximos, si mínimos en algunas provincias, por Ej. la de Buenos Aires. así que lo mejor, es conseguir un abogado que trabaje a regulación judicial, y si no lo consigues, buscar al menos tres presupuestos y quedarte con el que más te conforme.-
Me imagino que los cónyuges están de acuerdo en la disímil porción que se adjudica cada uno.-
Si se llevan bien, y "van a realizar los bienes", pueden no incluirlos en el divorcio.- Ahora si cada uno se va a quedar con lo convenido, no hay otra forma para lograr la inscripción a nombre unipersonal de cada uno más que hacerlo judicialmente. Espero haber sido clara, cualquier cosa volvé a preguntar, no me molesta tratar de explicarlo de otra forma con tal que lleguen a entenderlo bien -
Gracias por su respuesta. Es en Provincia de Buenos Aires.
¿Podría explayarse sobre "regulación judicial", qué es exactamente, cuándo se hace, cómo se hace, etc.?.
Cuando dice "buscar presupuesto", ¿Cuál sería el presupuesto aplicable a este caso?.
Cuando dice "realizar los bienes", ¿a qué se refiere exactamente?.
Cuando dice "si cada uno se va a quedar con lo convenido, no hay otra forma para lograr la inscripción a nombre unipersonal de cada uno más que hacerlo judicialmente", ¿a qué se refiere exactamente?, ¿podría explicarlo?. -
Podría explayarse sobre "regulación judicial", qué es exactamente, cuándo se hace, cómo se hace, etc.?.
Con la sentencia de divorcio el juez regula los honorarios de los profesionales intervinientes.-
Para lograr sacar el oficio y el testimonio e inscribir el divorcio en el registro civil, se tiene que haber dado cumplimiento al pago de los aportes de todos los profesionales que actuaron en el expediente.-
Si el divorcio fue por presentación conjunta se considera "voluntario", en su caso los aportes que se encuentran a cargo del cliente de cada abogado equilvale al 5% de los honorarios regulados por el juez.-
Si el divorcio fue contradictorio, los aportes son del 10% de lo que se le regulara a cada abogado a cargo de su cliente.
En ambos casos el abogado debe pagar también el 10% de aportes sobre los honorarios que le regularon.-
Ese paso se provee algo así como "Téngase por cumplido el art. 21 de la ley arancelaria (6716).-
Cuando dice "buscar presupuesto", ¿Cuál sería el presupuesto aplicable a este caso?.Los profesionales tienen libertad para fijar sus honorarios en forma extrajudicial.- No pueden salirse de una escala que está determinada en la ley arancelaria, pero si pueden convenir honorarios que difieran a la regulación judicial, Eso si, los aportes siempre se hacen sobre el mayor valor, el regulado o el convenido.- Pedir presupuesto es ir a ver a dos o tres abogados y consultar cuando cobra por el trámite- Algunos se ajustan a la regulación judicial más ciertos gastos que tienen para iniciar el expediente.-
Cuando dice "realizar los bienes", ¿a qué se refiere exactamente?.
Es eso "realizarlos" o sea venderlos, lo que puede hacerse de común acuerdo o en un incidente de disolución de la sociedad conyugal lo que dictamine el juez
Cuando dice "si cada uno se va a quedar con lo convenido, no hay otra forma para lograr la inscripción a nombre unipersonal de cada uno más que hacerlo judicialmente", ¿a qué se refiere exactamente?, ¿podría explicarlo?.
Si los bienes de la sociedad conyugal (supongamos) son una casa o departamento, un auto y un terreno que se compró como inversión
(todo esto son solo supuestos) puede haber más, puede haber menos.-
Perp resulta que la voluntad de los cónyuges es quedarse cada uno con algo a su nombre en forma exclusiva.- Entonces hay que hacer el incidente de disolución de sociedad conyugal, (aunque ambos estén perfectamente de acuerdo en que se queda cada uno), pero como el bien es "ganancial" o está a nombre de los dos, o lo está a nombre de un o de ellos, pero en la escritura o el título automotor dice "casado con....", entonces el juez debe ordenar la inscripción del bien a nombre exclusivo de uno de los cónyuges ya divorciados.- Entonces se convierte en bien propio del ex-cónyuje al que se le adjudicó algunos de los bienes
