Fallecimiento padre, como proceder con cuentas bancarias?
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Hola:
Mi padre acaba de fallecer y se me presentan multiples inquietudes:
-Cobraba su jubilacion en el Nacion y transferia a otro banco.
Tiene 3 haberes antes de morir que no cobró. Yo encontre la tarjeta de debito (que nunca usó en vida) y pude acceder -pero no me deja retirar mas de 100$ diarios-.
Mi idea es transferir a la cuenta destino via home banking. Es legal? puede haber problemas?
La cuenta del Nacion esta solo a su nombre. Todavia no denuncie su fallecimiento al ANSES.
Que sucede si no puedo obtener ese dinero? entra en sucesiòn y deberé pagar impuestos sobre el total? (que porcentaje sería?)
-Poseía tarjeta de credito (del banco destino de las transferencias) de donde se debitaban todos los impuestos.
Debo darlas de baja inmediatamente? que sucede si hice alguna compra con posterioridad a su deceso?
-Era afecto a coleccionar armas de fuego, todas debidamente registradas en el RENAR a su nombre.
Que tramite debo llevar a cabo para que queden en posesion de la familia? Hay algun periodo perentorio para cumplimentar con este requisito?
Que es conveniente finiquitar antes de comenzar con la sucesión?
Que requiero para comenzar con la tramitación de la pensión de mi madre?
Puedo saber cuanto percibirá con relación a los haberes de mi padre?
Muchas gracias a quién dedique algo de tiempo a aclararme estas dudas en estos momentos.
Saludos. -
Primero, Debes YA, denunciar el fallecimiento de tu padre, un sólo mes que "cobres" sin derecho te puede poner en grandes problemas.-
Segundo lo que él no utilizó DEBE (LEGALMENTE) si o si entrar en el sucesorio, tampoco los impuestos son tan grandes sobre un monto de tres jubilaciones aunque hayan sido importantes (si es en Pcia de Buenos Aires 2,2%, si es en Capital 1,5% del total), no te aconsejo que sigas sacando dinero del banco, no conseguirás grandes beneficios y si odrías tener grandes problemas.-
La pensión de tu madre puedes empezar a tramitarla en cualquier momento.- Los principales documentos que deberás presentar en Anses s el certificado de Matrimonio y el certificado de defunción de tu padre, y el último recibo que esté en su poder, ya que si se lo depositaban en una Caja, por lo menos cada tres meses debía ir a retirar los recibos y firmarlos.-
N entiendo lo de la tarjeta, y la compra, fue una compra por internet, porque sino si el no firmó como podrías haber comprado?
Y, si la hiciste... ya hiciste la macana, no puede decirte desde aquí como safar, quizás el banco no se de cuenta, pero si se lo dá, puede si hacerte un problema.-
Al denunciar el desceso, en el Banco en forma inmediata, le van a dar de baja a la tarjeta de créditto.- Los débitos automáticos se cancelan.- Tendrás que pagar los impuestos a debitar, hasta que tu madre tenga la pensión y si quiere utilizar el mismo sistema de cobro y modalidad que tu padre puenen poner los impuestos en débito en esa nueva cuenta.-
El código civil, da un tiempo de 9 días, llamado "novenario de luto y llanto", durante el cual se considera que la familia está aturdida por el acontecimiento y todo queda como stand by, claro que en esa`´epoca no había ni tarjetas ni compra por internet.-
Consultá con el abogado al que vas a dar el sucesorio y él sabrá como orientarte mejor.- Mientras tanto tené muy en cuenta que tu padre y tú son prsonas distintas, y que la confianza que él pudo otorgarte dándote la clave de su tarjeta y la tarjeta misma, no da lugar a que hagas actos en su nombre despues de su fallecimiento.-
Si puedes hacerte nombrar admnistrador de la herencia y pedir venia judicial para utilizar el dinero depositado para pagar gastos del sucesorio e impuestos sobre bienes del difunto que se vayan venciendo.- -
Hola Despistada:
Te agradezco el darme una mano con estos temas.
La tarjeta a la que me referia es una extension, el titular era mi viejo, de manera que no creo haber incurrido -o al menos supongo- en alguna falta.
Desconocia lo referido al administrador de herencia, parece muy interesante. -
¿Te das cuenta? un profesional no es mago ni adevino, ergo, no puede adivinar. (por la extensión de la tarjeta.-
Si lo que hiciste fue usar dinero devengado antes de su fallecimiento, puee que no tengas problemas. Igual si la cuenta era personal de él, no hay forma de que esa tarjeta sea válida ya.-
Las extensiones se agotan cuando el titular ya no puede ejercer sus derechos. Buscá un profesional y tratá de enderezar el tema SUERTE -
Lo de la tarjeta te lo puedo responder yo...
En la mayoria de los bancos (porq cada uno tiene su librito) si vas y denuncias el fallecimiento te van a pedir papelerio como certificado de defuncion y la tarjeta.
Toda compra q venia a nombre de tu padre q era el titular por fallecimiento queda saldada porq la tarjeta tiene un seguro.
Ahora la compra q hicieron las extensiones no corren con la misma suerte y deberian ser abonadas por ellos.
Ej...
Tu padre habia comprado un plasma de 3.000 pesos antes de morir (con el fallecimiento quedaria saldada).
Ahora vos con esa extension compraste un lavarropas de 2.000 pesos vas a tener q hacerte cargo vos de eso indiferentemente si lo compraste antes o desupues de su muerte.
Te lo comento porq justo el otro dia fui al banco y un señor de unos 60 años fue a darle de baja la tarjeta a su hijo q habia fallecido presento el certificado de defuncion y la chica del banco se la cancelo en el momento avisandole q el saldo comprado por el chico estaba saldado pero habia una compra hecha por la mujer (q ahora era la viuda) con una extension q debia ser saldada por esa persona asi q hasta q ellos no son informados de la defuncion no pueden darla de baja por el sencillo motivo q si el titular fallece el q puede hacer compras con esa tarjeta seria una extension de este y el seguro es solamente sobre el titular y no sobre las extensiones por lo cual si la hacen van a tener q pagar igual.
Pero vuelvo a repetir esto fue en el Banco Galicia adelante mio y dudo q los bancos tengas libretos diferentes sobre este tema sino seria muy facil q por ejemplo mi madre fallezca y yo no aviso al banco y con el cuerpo tibio salgo a reventar la tarjeta (se entiende) y sino vos siendo extension no pagas eso vas a Veraz,juicio ejecutivo y segui sumando. -
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Tradicionalista idealista -
04/07/2012#6 Re: Fallecimiento padre, como proceder con cuentas bancarias?Te puedo dar una mano en cuanto a lo de las armas de fuego: si querés que queden dentro de la familia, alguien va a tener que hacerse legítimo usuario cumpliendo los requisitos vigentes (http://www.renar.gov.ar/index.php?se...&idt=clumi&m=1)
Si estás en Capital o GBA te recomiendo ir un sábado al Tiro Federal de Lomas de Zamora (www.tflz.org.ar) con tus recibos de sueldo, DNI y 400 pesos que en el día te hacen las evaluaciones psíquica y médica, curso de manejo seguro de armas, y hay oficina renar para que metas el trámite - incluso siendo sábado.
Luego de que vos o algún familiar obtienen la condición de legítimo usuario de armas, deben pedir al renar la reinscripción de las armas a nombre del nuevo titular (http://www.renar.gov.ar/faq6.htm). Para esto el renar va a pedir declaratoria de herederos y nota firmada por todos ellos autorizando la transferencia. Mientras tanto dejen las armas donde estén, que no salgan de la casa. -
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Tradicionalista idealista -
06/07/2012#8 Re: Fallecimiento padre, como proceder con cuentas bancarias?Parece peor de lo que realmente es! En última instancia, si ninguno de ustedes está dispuesto a encarar el trámite o no tienen interés en practicar tiro (deportivo o defensivo) y finalmente no quieren conservar las armas, siempre pueden transferirlas o venderlas a un legítimo usuario vigente o a una armería. El requisito es que el comprador sí tenga sus papeles al día.
Te ruego encarecidamente que no las destruyan en el plan de desarme voluntario! Sospecho que si coleccionaba debía tener piezas interesantes y además de considerable valor.Última edición por Cassius; 06/07/2012 a las 08:10
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