Rescisión de contrato de fondo de comercio y contrato de locación
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Hola, compré un fondo de comercio hace un año y por problemas entre las partes estoy pensando solicitar la rescisión del contrato e iniciar una demanda por daños y perjuicios. Mi consulta es: puedo rescindir el contrato de locación por el local en el que desarrollamos las actividades comerciales (que no es del mismo dueño)?; además, qué pasa con las cosas que están dentro del local, el mobiliario y los materiales? quién se hace cargo de esas cosas? Gracias!
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Si vas a rescindir el contrato significa que lo que pretendes es "deshacer" la operación.-
No creo que vayas a tener mucho éxito, ya que es difícil resolver un contrato que ha tenido ejecución durante un año.-
Como siempre con los datos que nos das, no es posible contestarte en forma concreta.-
En cuanto al contrato de locación ¿que se hizo, se transfirió el del dueño anterior del fondo de comercio o se hizo uno nuevo?, o sea, el contrato de locación del local, ¿integraba el fondo de comercio?.-
TRata de ser más explícito en los detalles, si no querés hacerlo en público no tengo problemas por que me consultes dando todos los detalles (rubro, causa del incumplimiento, etc) y trato de orientarte mejor -
Hola, gracias por el interés. El contrato de locación es nuevo y no se menciona en ninguna cláusula el fondo de comercio. Lo que más me interesa es saber si puedo cancelar el contrato de locación y quién se hace responsable por las cosas que están dentro del local, que como voy a rescindir el contrato de fondo de comercio, dejarían de ser mis cosas. Gracias!
---------- Mensaje agregado a las 17:05 ---------- Mensaje anterior a las 17:03 ----------
Me olvidé de aclarar que la rescisión del contrato por el fondo de comercio se va a efectuar por vicios ocultos. Saludos. -
Mirá, lo que pregunté es si el contrato de alquiler FORMABA PARTE del contrato de transferencia de comercio.-
Además, ¿"vicios ocultos"? en a transferencia de un fondo de comercio.-
El fondo de Comercio es algo "ideal" no llega a ser una persona, pero es un conjunto de elementos que en si lo configuran, entre ellos las maquinarias o elementos que pueden conformarlo, pero también el nombre, la clientela, la verdad, mirá que fui "especialista en derecho comercial" ejerciendo durante más de veinte años y nunca vi "vicios ocultos", en una transferencia de fondo de comercio. Pudo haber "engaño", pudo haber vicios en los elementos (máquinas por ej), si la transferencia se hizo como lo determina la ley, no pueden haber surgido deudas de as que puedas ser responsable. Podría haber algún problema si había empleados y el respeto del salario modalidad de trabajo y antiguedad, pero vicios ocultos de la venta... la verdad no le encuentro la vuelta -
Puede ser, pero de todas maneras me interesa saber en caso de que se rescinda un contrato de fondo de comercio, qué pasa con el local y las cosas que quedan dentro cuando el dueño de dicho local, no tiene nada que ver con el fondo de comercio en sí. Cuando se realizó la compra-venta dle fondo de comercio, se efectuó un nuevo contrato de locación. Quiero saber qué va a pasar con las cosas que están dentro del local durante el proceso judicial por la rescisión del contrato, que lamentablemente va a ir a juicio porque vamos a reclamar daños y perjuicios por varias cosas. El local no se puede habilitar porque le faltan cosas y el ex dueño del comercio no quiere hacerse cargo, además de aparatos que no funcionan, etc. Quiero saber si puedo rescindir el contrato de alquiler y olvidarme de las cosas que están adentro y que se haga cargo el ex dueño del comercio. Gracias!
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Lo que creo es que, firmaste un contrato mediante el cual, adquiriste un negocio que estaba "funcionando", pero no hiciste el trámite de transferencia de fondo de comercio tal cual fija la ley, y por eso es que tienes problemas.-
si hubieras hecho todo lo que dice la ley (publicar edictos por 5 días) esperar el tiempo de "oposicio", te hubieras enterado de que el local no estaba habilitado, y demás cuestiones que ahora te han creado problemas.-
CUIDADO, fijate bien antes de largarte a hacer un juicio por daños y perjuicios si no se cumplió con todo lo que la ley establece para llevar a cabo la transferencia de un fondo de comercio.-
En cuanto a las cosas... es un problema que pretendas devolverselas a quién te las "vendio", hace más de un año.-
Insisto, cuidado con el juicio en el que te metés, ya que nadie puede alegar su propia torpeza, y si hay una tramitación estricta para llevar adelante un trámite y no la cumpliste... veo bastante difícil que puedas ganar un daños.-
Ahora si se hizo todo el trámite como corresponde, el local debiera haber estado habilitado, o la municipalidad debié presentarse cuando se publicaron los edictos, entonces, consultá a un abogado COMERCIALISTA para ver como se encara el resarcimiento.-
Ahora bien, insisto en la pregunta. Aunque el contrato de locación esté a tu nombre, si está nombrado en el contrato de transferencia de fondo de comercio, ergo integra parte de los bienes "intangibles" transmitidos, si lo resolvés, y después pretender resolver el contrato, te vas a encontrar con la defensa del demandado de que dispusiste de uno de los bienes integrantes del contrato.-
No se que hay en el local, pero como el juicio seguro tardará años, y tanto lo ganes o lo pierdas esos bienes debieran estar bien custodiados, mi consejo es que si logras que el vendedor los acepte, bueno diste un paso adelante, ahora si se niega... yo, al menos tendría mucho cuidado en su conservación. Resolver un contrato significa que no tuvo lugar, por lo tanto las cosas deben volver al estado original. Si no tenés las cosas bien custodiadas... vas a estar en problemas.-
Insisto, de los datos que me proporcionas, no tengo bases para considerar que puedas tener derecho al pataleo.- Ahora si se hizo todo tal cual corresponde... sería cuestión de analizar, el porque ahora la Mnicipalidad te dice que el local no se puede habilitar.
Te dese suerte, porque desde mi punto de vista las cosas no son tan fáciles como pareces creer.-
