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Ay!despistada, ahora sí te creo que lo sos. EL TÍTULO DICE "CONSULTA BMW INHIBIDO"
---------- Mensaje agregado a las 09:04 ---------- Mensaje anterior a las 08:53 ----------
También en el cuerpo de la pregunta dice: " por más que se haga la sucesión el auto queda inhibido?" por lo que en correspondencia con el título, no me queda duda que por el motivo que sea el tío estaba inhibido.
Algo que no entiendo, antes de iniciar la sucesión los herederos forzosos, al quedar legítimamente en poder de los bienes los pueden vender asi nomás, sin nada de trámites? cómo sería la autorización que debería tener?
Y lo de ir presa, fue sólo una forma de decir, de todas formas dudo que se me ocurriera hacer determinadas maniobras, pero parece que nadie va preso en ningún caso.
Y de algún lado sale lo de la inhibición, la cosa es que el que quiere hacer la transferencia no la pudo hacer por éste motivo. También dije que se fijar quién lo inhibió, pero fuera por el motivo que fuera, la inhibición la tendrán que pagar para poder transferir.
SaludosÚltima edición por diputada2011; 24/07/2012 a las 09:34
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si lees bien, más parece una suposición lo del que "auto está inhibido" de quien pregunta que un hecho, principalmente d+porque las cosas no se inhiben, se embargan.-
Y acostumbrada a como estoy a hablar Jurídicamente, es que "dudo" de que exista una inhibición, sino que "alguien dijo que no se podía hacer la transferencia porque "estaba inhibido".-
Pero insisto todos son suposiciones ya que la consulta es escueta y mal planteada.En cuanto a como pueden disponer los herederos forzosos, como creo puse muy clarito, los bienes registrables no tienen otra salida que el trámite sucesorio para el cambio de titularidad, de lo que hablé, es de que teniendo tal como dice el código la posesión legal, "pueden disponer" (no vender!!!!), mediante el contrato de Cesión de Derechos hereditarios.-
Me extraña que siendo tan inquieta y gustándote tanto saber, no haya leido con un poco más de atención mi respuesta, ya que todo lo que planteas, está de alguna forma tratado en mi respuesta.-
No fue despiste, decir que "puede no haber una inhibición", ya que, insisto para que quede claro, los bienes no se inhiben, sino las personas, aunque la inhibición se anote en los registros de la propiedad, ya sea inmueble, automotor, de navíos o aeronaves.
Por otro lado, cuando el que consulta pregunta ¿por más que se haga la sucesión, el auto queda inhibido?, sigue preguntando mal. No es que uno pretenda que la gente sepa las diferencias entre embargo e inhibición, pero una vez que no uno sino dos profesionales (ccolalongo también lo resalta en su thread) explican la diferencia, me parece que podríamos a empezar a hablar un poco más jurídicamente.-
Si el "causante" estuviere verdaderamente inhibido, esa inhibición no afectaría sólo al BMW, sino a todo el patrimonio sucesorio.-
¿Quedó claro ahora?, por eso es que mi consejo es que se dejaran de dar vueltas y buscaran urgente un profesional, porque fijate que: No sabemos que contrato hizo con el intermediario, sabemos que no pudo ser una Venta, ya que el herededo, aunque sea forzoso no puede vender los bienes registrables.- Pero si hubiera sido una Cesión de Derecho Hereditarios sobre ese bien, no hubiera estado mal lo que hizo.
Él heredero podría no saber nada de nada del régimen sucesorio, pero te aseguro que "el intermediario" no se iba a meter en camisa de once varas a tontas y a locas, salvo que fuere más que un improvisado, ¿pero te parece que un improvisado se queda con un BMW, sin posibilidades de regularizar el dominio y entrega un Fox 0KM a cambio? yo no creo en los peces de colores, por eso es que digo que no podemos sin más elementos dar un consejo que sea aplicable al caso. No sabemos prácticamente nada de nada de la operación, entonces, porqué vamos a hacer un montón de conjeturas sin saber cual es la verdadera situación
Bueno, por mi parte, creo haber sido bastante clara en todo lo que respondí, y sabiendo perfectamente que es lo que estaba respondiendo.-
Mi nick tiene mucho que ver con mi personalidad, nunca me acuerdo donde dejé las llaves o los anteojos, puedo no recordar llegar a una estancia y no tener la menor idea a que iba ahí, por lo que tengo que al menos desandar unos pasos y entonces ahhhhhhh siiiiiiiii, iba a buscar una taza... Pero puedo asegurarte que cuando de mi profesión se trata jamás de los jamases dejé de ver a fondo, de hacer un análisis sobre la cuestión y de buscar la solución a los problemas planteados. Eso si, hablando jurídicamente -
No solo eso es lo peor!
Lo peor es q ese BMW q anda dando vueltas en el limbo sigue estando a nombre de un muerto por lo cual quien lo maneje si llega a tener algun accidente "grave" esa sucesion esta en un potencial quilombo porq de algun lado se van a tener q cobrar si el accidente es grave. -
Lo que ya había considerado en mi largo post de ayer; "la suerte" que por ahora nadie haya aparecido con una acción de daños y perjuicios porque el que está manejando el BMW, anda por ahí sin seguro, o con un seguro mínimo de "responsabilidad civil obligatorio".-
¿Que linso sería si alguna vez tuvieramos que contestar un consulta "en forma previa" o sea: "quisera .... hacer", o "que debiera tener en cuenta antes de" o cosa por el estilo, esto de tratar de ver como salen los consultantes de los desaguisados ya cocidos, a veces resulta frustrante -
Hola despistada, no te lo tomes así! lo de la inhibición y embargo lo tengo claro como el agua, y es lo que primero diferencié para el consultante, y como bien decís, me encanta saber y para ello, cuando pregunto es para entender mejor. Leí atentamente tu repuesta, como siempre, pero ahora me quedó más claro cómo se hace para "ceder los derechos hereditarios" porque no lo sabía y no me lo podía imaginar. Pero ahora todo mejor.
Gracias -
Creo que existe una confusión bastante importante.-
Un 08 firmado, hace X cantidad de tiempo (supongamos dos años), antes de la muerte del causante, si alguien advierte que se está presentando "después" del fallecimiento del titular, (el comprador por ejemplo), creo que al menos si fuera yo ese comprador, no aceptaría que no se pase por el sucesorio el bien.-
Será que soy muy rigorista, pero si se demuestra, de cualquier forma que el causante "no se había desprendido" del automotor, (supongamos que fallece justo en un accidente manejándolo), esos 08, son atacables, pues de alguna forma su único destino es burlar la ley civil y a veces la legítima. y Todo acto tendiente a burlar normas de orden público es nulo -
mucha gente hace eso con los 08. igual la voluntad del prpietario es venderlo al firmar los 08 por logica pura. el que compra el aurto lo sabe bien y , los herederos estariantodos deacaurdo en "no pasar por sucesion" elautro altener ya el 08. ¿quien va a querer gasatar en hacerla sucesion del auto si tenes esa ventaja????????
---------- Mensaje agregado a las 16:34 ---------- Mensaje anterior a las 16:32 ----------
..y pregunto yo: ¿que pasaconautos q por ahi hace 10 años lo vednioel titualr y van pasando demanoenmanosinnunca hacerlatransferencia? siel comprador reciente vay presenta el 08 firmado hace 10años va a tener problemas? paranada te tomanel tramite sin mas enlos registros -
Erikempa, perdoname, pero ya me harté, si se te presenta el caso, hace lo que se te de la real gana.
Aquí estamos para dar una "orientación legal", si no lo entendés allá tu, pero ni sueñes que si alguna vez en verdad te encuentras en una situación, donde tu sabiduría de piola, no sea útil para salir del atolladero, por lo menos de mi, una experta en la ley civil y comercial, no esperes ni una palabra.-
Y esto es lo último que voy a decirte. Mientras espero que nuestro consultante tenga la lucidez de saber diferenciar entre lo legal y lo que propones -
Gracias a todos.. y la verdad que mi primo esta acongojado por este tema, se arrepiente, pero sepan que hay gente que pone anuncios que compra autos en cualquier situación, y bueno, piensen que muy joven se puso que hacer cargo de todo, por mas que sea un auto de lujo, el quería venderlo, yo me lo hubiese quedado, pero bueno, el así lo vio, el tema lo esta viendo el abogado de mi familia, hasta ahora la gente no apareció, en caso de hacer la sucesión tal vez se puede volver a "comprar el auto" osea pagar algo al afectado, pero no es estafa porque no puede afirmar nada, ya que no hizo informe de dominio, asi que sabia que venia mal la cosa el comprador del auto.

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