Consulta para realizar Acta -Acuerdo.
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Hola,
Les explico un poco la situacion:
Una empresa me estaba debiendo una suma importante ( mas de 100 mil) luego de intimaciones, amenazas de jucio etc, llegamos a un principio de acuerdo en los siguientes terminos: Me van a saldar, con una quita y ese pago lo van a a efectuar mediante cheques diferidos a largo plazo, el primero a 120 dias y asi hasta el año.
La mecanica que utilizabamos era que entregaba factura cada vez que me pagaba, no antes.
Esa empresa me pide que a la firma del convenio y entrega de los valores, le entregue la factura y recibo por el monto que me abona.
A mi esta situacion me obliga a abonar si o si tanto ingresos brutos como ganancias, aunque luego tenga problemas con los cheques, no confio mucho en la empresa.
La consulta es: Puedo exigir que a la acreditacion de cada cheque yo extienda la factura par y paso vaya cobrando realmente o debo presentarla como ellos dicen ?
Muchas gracias. -
yo diría que si hay 100 mil pesos en juego, lo mas sensato es asesorarte por mas de un profesional y no pedir opinión en un foro donde cada cual podría contestar lo que le venga en gana (incluso los dueños de esa empresa)
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Te agradezco @el-profeta Lo consulto aqui porque si alguno o varios de los entendidos y bien intencionados foristas me dicen: "Ni loco vas a poder" o "Es ilegal" saber como manejarme.
En el caso que me quiten la duda y me digan, si es posible o factible, mi situacion es otra.
Desde ya que el convenio lo voy a hacer ver por un abogado en forma personal., pero es mejor saber las cosas de antemano. -
Estimado:
Si, podes.
En la factura, vas a consignar el modo de pago y ahi pondras cheque n...banco...monto....fecha de pago.
Y tenes que imputarlo a la deuda de fecha tal, que tiene tal y cual motivo, segun acuerdo de fecha...
Y en el acuerdo, pones que vas a percibir los cheques tal y cual n...tal, etc (coinciden con la factura) y que una vez percibidos los montos no tendras nada mas que reclamar.
No pasa nada.
Es un tema tecnico. Los cheques son pro solvendo, no pro soluto.
PAGO. CHEQUE: CONFIGURACIÓN DEL PAGO. Este Tribunal ha sostenido repetidamente que la dación de un cheque no significa un pago en sentido estricto, el que sólo se configura cuando es cobrado por su tenedor adquiriendo en ese instante efecto extintivo y virtualidad cancelatoria (confr. esta Sala, causas "Metalúrgica Surmet SC c/ Hierro Patagónico de Sierra Grande", del 24.4.79, 1582 del 22.2.83, 1820/93 del 4.4.2000 y 6296/93 del 10.5.01; en igual sentido, Sala 3, causas 8401/91 del 16.6.95, 11.970/95 del 7.2.96). Los cheques se entregan "pro solvendo" y no "prosoluto", por lo que el pago, en rigor, no se produce sino en el momento en que el documento es realmente satisfecho por el banco contra el cual se lo libró (cfr. esta Cámara, Sala 3, causa 8401/91 cit.).
Basta con que dejes asentado que fueron cheques, y si no te los pagan, estas adentro. Si encimas haces todo lo que te explique arriba, listo.
Te sugiero que consideres obtener un pago inicial mas fuerte.
Asimismo, estaria bueno que obtuvieras el aval o la garantia de alguna persona fisica de la empresa deudora en caso de incumplimiento, salvo que la empresa sea solvente.
Finalmente, coincido en que chequees todo con un abogado. La redaccion es muy importante. Slds.
