Preaviso por rescisión anticipada
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  • 1 Mensaje por Despistada41

Preaviso por rescisión anticipada

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      • 10/10/12
    #1 Preaviso por rescisión anticipada

    Hola, tengo dos preguntas:

    1: hace dos meses decidí rescindir el contrato de mi departamento, le informe al propietario por mail que iba a dejar del departamento (además de haberlo hablado telefónicamente), ahora el propietario me exige que le pague los dos meses de pre aviso, ya que según el no recibió una comunicación fehaciente, siendo que era algo que ya lo habíamos acordado, hay algo que pueda hacer??

    2: Este es el tercer año de alquiler, osea el segundo contrato, ya que el primero fue por dos años y lo renovamos, mi pregunta es si aún así debo pagar la indemnización por rescisión anticipada.

    Gracias!

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    4 comentarios / 240 Visitas

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      • 21/06/08
    10/10/2012
    #2 Re: Preaviso por rescisión anticipada

    Para poder contestarte en forma ajustada, en primer lugar deberías decirnos que mes del segundo contrato es en que abandonarías la propiedad.- En verdad la ley en su art. 8°, habla de la resolución anticipada a partir del sexto mes de contrato (no importa si hubo uno anterior si firmaron uno nuevo con condiciones distintas - por ejemplo el monto del alquiler). Si esta resolución ocurre entre el mes 7 y el mes 12, el pago de la indemnización, (por ley y por la causal de la resolución anticipada), no es de DOS MESES, sino de un mes y medio, y yo creo que esa normativa es totalmente de orden público, o sea que no puede ser modificada por las partes.-
    Por su parte si la resolución se hace efectiva a partir delmes 13, sólo corresponde un mes de indemnización por ese rubro.
    Así que, habiendo o no preaviso previo, la resolución unilteral por parte del locatario conlleva una indemnización legal.
    Ahora pasemos a lo del preaviso. Si bien no digo que sea imposible, no muchos jueces están dispuestos (aún) a considerar el mail un "medio fehaciente", como requiere la ley, de notificación.-
    O sea, de la ley, no vas a obtener en la justicia una declaración de que la notificación estuvo "fehacientemente" otorgada.
    De mi parte no me tiraría el lance, ya que además de tener que pagar lo que dice la ley, vas a tener que afrontar las costas y costos del juicio.-
    Si lo que te reclama es el pago de la indemnización sustitutiva del preaviso lo único que creo que podés hacer es "negociar" tu salida.-
    ¿Como lo harías?, es posible que el locador esté tratando de obtener un doble beneficio, o sea alquilar a un tercero, y aún así cobrarte esa indemnización, así que lo que podrías hacer es decirle que si tenés que pagarle el preaviso, se lo otorgas desde ese momento (te lo haces firmar o le mandás un telegrama o CD. diciendole que a partir del XX de diciembre dejarás el inmueble), con lo que le estarías trabando ese doble jueguito, sobre todo si tiene en vista alguien que le pague más que lo que establece tu contrato. De esa forma, si por su actitud "pierde", ya sea un posible inquilino, ya sea un aumento del alquiler, podrías llegar a un acuerdo menor del que te está solicitando.-
    Mientras tanto, si tienes que seguir alquilando, tómalo como experiencia y en el futuro, por más "fenómeno" que sea el locador, cuando tengas que rescindir hazlo por medio "fehaciente" tal cual establece la ley.
    Lamento no poder ser de más ayuda, pero lo que te parece tan injusto tiene su razón legal. Es más, la ley otorga al locatario el derecho de resolver el contrato en forma unilateral, mientras que en un desbalance de la igualdad entre las partes, no da ese mismo derecho al locador. O sea que se beneficia a la parte que se considera más débil, apartándose de la teoría general de los contratos. Por esta protección considero que no es posible establecer una indemnización por resolución anticipada, mayor a la establecida por la ley

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      • 10/10/12
    10/10/2012
    #3 Re: Preaviso por rescisión anticipada

    Muchas gracias, excelente explicacion, ahora me queda mas claro el asunto. Para serte mas exacto este mes (octubre) seria el mes 12 y es el ultimo mes que estaria pagando asi que por lo que decis deberia pagar un mes y medio de indemnizacion, correcto?

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      • 21/06/08
    11/10/2012
    #4 Re: Preaviso por rescisión anticipada

    Eso según la ley, pero no te olvides lo que te expliqué de la indemnización por falta de preaviso. Así que tratá de negociar como te dije, a ver si podés zafar de pagar algún mes. Suerte

    a malerva le gusta esto.
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      • 10/10/12
    11/10/2012
    #5 Re: Preaviso por rescisión anticipada

    Gracias Despistada!