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  • 1 Mensaje por Despistada41

duda comprar posesion!!!!

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    10/10/2012
    #1 duda comprar posesion!!!!

    hola gente
    llegue aca ante la necesidad de hacerme de un techo digno.
    los que hay con escritura son inalcanzables, hablando de terrenos, casas ni hablar, lo que la mayoria ofrece son posesiones
    y casi me convencen xq estuve leyendo lo de la posesion usucapion no recuerdo el otro nombre.
    mi consulta es puedo comprar un terreno ( inmueble con posesion) que deberia tener en cuenta ademas para no tener problemas ni con la ley ni con el fisco??
    puedo luego vender esa posesion??
    pd en el mismo lugar hay mucha gente que compro y vive tiene su casa en esa situacion solo con posesion.
    desde ya muchas gracias.
    PD tambien escuche de la ley pierri que tb se puede escriturar de este modo me pueden hechar luz sobre esto??

    Última edición por posei2n; 11/10/2012 a las 22:06
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    8 comentarios / 450 Visitas

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      • 25/10/11
    11/10/2012
    #2 Re: duda comprar posesion!!!!

    Comprar derechos posesorios de cuántos años? los impuestos está pagos? tendrías que averiguar si la propiedad no tiene dueño, o al menos si el poseedor tiene más de 20 años de posesión pacífica demostrada con el pago de impuestos. Mejor que vos digas dónde es´tá, las carácterísticas, que te ofrecen, que servicos tiene, todo lo que puedas aclararnos, si hay una construcción, y sabé que el juicio de usucapión no es nada barato.

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      • 21/06/08
    11/10/2012
    #3 Re: duda comprar posesion!!!!

    Cuando comprar los derechos de posesión NO ESTÁS COMPRANDO EL TERRENO!!!.- Que podés tenér problemas, ¡Por supuesto!, que también puede suceder que todo sea coser y cantar porque nadie va a venir a molestarte en tu posesión, también puede suceder.- Cuando hablas de que muchos en el lugar están así, solo con la escritura de derechos posesorios, podría deducirse que es una parcela muy grande que tuvo hace mucho un dueño sin sucesores, y que el estado, no llegó a conocer que podría haberse hecho de esos terrenos como fiscales, porque nadie lo denunció como herencia vacante.-
    Otra posibilidad es que el dueño sea tan pero tan rico, que no tenga interés en recobrar esas propiedades.
    Pero todo ello en el terreno de las conjeturas.- Mientras tanto lo que debes saber, y entonces conociendo los riesgos resolver si los tomas o no son los inconvenientes que pueden acarrearte estar en un terreno, y construir una propiedad, sin tener la correspondiente escritura de dominio
    a) Cualquier acreedor del titular de dominio, puede en cualquier momento por cualquier juicio que genere una deuda en dinero, pedir el embargo de la propiedad, y en caso de que no le paguen pedir el remate de la propiedad. (por supuesto, cuando se lleva a cabo el mandamiento de constatación, previo al remate, un oficial de justicia se apersona en el lugar y pregunta persona por persona que se encuentre ocupándolo, en que carácter lo hace, y le otorga cinco días para que se presente en el expediente a "hacer valer sus derecho"- Uno de esos derechos es por ejemplo el haber estado poseyendo la cosa de forma, pública, pacífica e ininterrumpida, esto "parará el remate, pero entonces si o si tendrías que iniciar el juicio de Usucapión o Prescripción Adquisitiva, el que aunque te parezca mentira es muchísimo más caro que una escritura "normal", pero claro lo que no se paga es el precio del terreno)
    b) Si bien el titular de dominio puede no estar haciendo nada con relación a los terreno, eso no quiere decir que sus herederos, si no se ha cumplido totalmente el tiempo para obtener la prescripción adquisitiva, puedan iniciar un juicio de reivindicación, para lograr recuperar la propiedad. Ese juicio puede iniciarse válidamente, hasta el día antes de que se cumplan los 20 años, y entonces lograr la sentencia de desalojo. Además por supuesto tiene bastantes aristas, ver el porque no pagaron los impuestos, compensar las mejores indispensables, y según si la persona que las realizó lo hizo de buena o mala fe, también las útiles), pero que es un dolor de cabeza no te quepa la menor duda.- Es habitual que cuando se "venden" los derechos posesorios, no tengan cumplido el tiempo fijado por la ley.- Se es poseedor después de haber ejercido la posesión en forma pública, pacífica e ininterrumpida a partir de los dos años de haberse instalado en el lugar, sin haber recibido una carta documento, una demanda por reivindicación o desalojo, o aunque más no fuera ir a la puerta de la casa y públicamente hacer el reclamo de que se es el dueño y que quiere que el que la está ocupando se vaya del lugar (con testigos que puedan dar fe de esa acción).
    c) Tampoco es muy "efectivo", haber ido a pagar cinco años de impuestos adeudados todos de una sola vez. Cuando se habla de haber pagados los impuestos se refiere a haberlo hecho en forma habitual y regular, durante el período de posesión.
    d) En la escritura de Cesión de Derechos Posesorios, el poseedor que va a entregarlos, puede manifestar, que hace X años que está poseyendo en la forma que la ley establece. Pero para que ello sea en verdad efectivo, debe entregar la prueba "fehaciente" de que eso es así, o sea, debe entregar todos los comprobantes del pago de los impuestos, por ejemplo los planos sellados municipalmente, los pedidos de servicios: Luz, gas; teléfono, etc. Si tiene hijos los certificados de los que surjan que se denunció el domicilio mencionado cuando cursaron los estudios regulares, Los nombres y datos de los vecinos que pueden dar fé de que esa posesión tiene X años, las boletas de los materiales a su nombre, de las mejoras realizadas en el terreno. (Si no se hizo una casa por lo menos los del cerco), no sirve manifestar que se está poseyendo desde la esquina hasta XX metros sobre la calle R, debe haber algún tipo de límite físico establecido.
    Y puedo seguir escribiendo media mañana más, pero creo que como para que te des cuenta de la situación en la que te metes cuando decides comprar "derechos posesorios", es más que suficiente

    a diputada2011 le gusta esto.
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      • 18/09/08
    11/10/2012
    #4 Re: duda comprar posesion!!!!

    gracias a los que respondieron.
    lo que se me ofrece son terrenos en la zona sur de la pcia de buenos aires bahia blanca precisamente.
    todos estan cercados y algunos tienen instalado el pilar con la luz.
    se que quien me vende no tiene los 20 años de posesion, lo compro a otro. en teoria el dueño descanza en paz.
    se me va aclarando el panorama y surgiendo nuevas dudas.
    #1 son acumulativos los periodos de posesion? suponiendo que quien me vende compro a otro la posesion y entre ambos suman 10 años obviamente con las pruebas impuestos etc.
    # 2 que documento deberia tener el que me vende, ademas de las pruebas. si el compro a un tercero; solo una boleta de compra y venta??
    # que necesito para inscribirme en ARBA para que los impuestos vengan a mi nombre.
    nuevamente agradezco la gentileza.

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      • 21/06/08
    12/10/2012
    #5 Re: duda comprar posesion!!!!

    Si se ha hecho una cesión de derechos documentada no hay duda de que el tiempo de la posesión de ambas partes se suma. No un boleto de Compraventa un documento de Cesión de derechos, el que convendría estuviera sellado, tanto pot la fecha cierta que le da ese timbrado, como porque es algo así como un seguro de que se firmé entre esas partes, más aún si la que Cedió desapareció o falleció.
    Lo de ARBA, tienes que concurrir a Arba y preguntarlo directamente, y por supuesto sin decir que crees que el dueño está muerto ya que en verdad según el departamento suelen tener criterios bastante distintos. Con el agravante de que en caso de que se enteraran de que existe lo que se llama una herencia vacante debieran actuar ya que el beneficiario en ese caso es el fisco

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      • 25/10/11
    12/10/2012
    #6 Re: duda comprar posesion!!!!

    Si están pagando ARBA y viene a nombre de alguien, ni te gastes porque no te van a poner ningún impuesto a tu nombre, el municipio tampoco. Tendrás que seguir pagando a nombre quien está

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      • 21/06/08
    12/10/2012
    #7 Re: duda comprar posesion!!!!

    Hola Diputada, No es tan así la cosa, ojalá fuera tan determinante y hubiera la posibilidad de mantener de esa forma un cierto "orden".- Lo cierto es que, por lo menos lo que yo conozco al dedillo, es que a veces los mismos empleados municipales pasan el dato de padrones "sin movimiento" y si corresponden a terrenos baldíos ese dato sirve para primero usurpar y después hacerse poseedor por la purga que permite el código. Así que en esos casos la Municipalidad, cambia el nombre de quién paga. Es lamentable pero es real.- En cuanto a ARBA, lo mismo pasa si alguien está poseyendo de acuerdo a la Ley Pierri, así que no es tan determinante la cosa, y más dependiendo de en que Municipalidad y en que Departamento de Rentas se hace el trámite.- Por Ej, la Municipalidad de Alte. Brown, ni en pepe, hace el cambio, ni siquiera hacia un familiar!!, Mientras que en Lomas, al menos durante alguna de las Administraciones era coser y cantar cambiar el nombre en los padrones.
    Bueno, pero nada debe asombrarnos tratándose de la administración en nuestro bendito país

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      • 25/10/11
    12/10/2012
    #8 Re: duda comprar posesion!!!!

    Bueno, nada te puedo decir de Buenos Aires porque no lo sé, pero en Córdoba no es así, no te lo cabian por más pueblito que sea y no te informan de ningún terrenito que no pague impuestos, salvo que seas algún conocido abogado de la zona que está entongado y que lo conocemos todos que anda en política y buhe! poero uno comun y corriente no, vos mpodés pedir que te manden el impuedto a tu casa (de buenos aires) los podés pagar pero siempre a mombre del que figura en el recibo. Claro, dijeron ARBA, y yo pensé en Rentas de Cordoba, tampoco allí pasa nada, para pedir la caducidad de los años tienen que vnir tu tatarabuelos con certificados de defuncion, particdas de nac, y asi sucesivamente, ya sabés porqué lo sé.

    Cómo es eso de coser y cantar? jajaja

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      • 18/09/08
    13/10/2012
    #9 Re: duda comprar posesion!!!!

    gracias nuevamente. Escuche que se hace eso de negociar terrenos dormidos y dueños o muertos o desinteresados. Y la verdad como q es jugar a la loteria. Pasa que yo quiero construir mi casa y creo que se me puede complicar. La otra Es comprar pagar los impuestos y dejar pasar el tiempo. Pero no solucióno el problema de mi techo. Ya ni siquiera digno.