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bad thoughts
[PEDIDO] herencia
hola especialistas del foro de orientacion legal¨
necesito que me den una mano con esto, necesito saber si hay alguna forma de que los bienes de una persona cuando muere no vaya a sucesion, osea la persona no esta todavia muerta, pero no quiere hacer un testamento o poner a nombre de sus hijos sus bienes, porque dice que eso le demanda tiempo y plata para escribanos, abogados y otras yerbas. entonces hay otra forma de que los bienes no vayan a sucesion??

Gracias... Noeliaw
Me Amo
Re: herencia
Noeliaw:
En general la sucesion de una persona comienza con su muerte, a partir de ahi, y de una serie de pasos si existen bienes inmuebles y/o muebles registables se inicia el JUICIO SUCESORIO, si esta persona no quiere realizar un testamento esta bien y si no quiere realizar el traspaso de bienes estando vivo me parece muy bien tambien, el JUICIO SUCESORIO comienza con la muerte de la persona y quienes cubren sus gastos, en principio y obviamente son sus herederos, realmente no veo la preocupacion de esta persona por esto, una alternativa es que venda todos sus bienes y reparta el dinero por partes iguales entre sus herederos, pero en ciertos bienes, la venta implica tambien gastos. Si podes ampliar mas, el porque de la pregunta tal vez te pueda, en mi caso, comentar algunos detalles mas, sinceramente me parece una preocupacion innecesaria.
Saludos.
Sebastian.-
bad thoughts
Re: herencia
El tema es asi: la persona que tiene la herencia tiene 2 hijos, y de una cagada que se mando, tuvo un tercer hijo al que reconocio ya siendo muy mayor, el tema es que esa persona quiere que su casa y el terreno que tiene queden para sus dos hijos, no para el tercero que practicamente le dio su apellido por obligacion moral y al que ya de muy mala gana, y sin haberse echo la prueba de ADN dio su apellido. Pero cree que si va a sucesion, tambien entra este tercer hijo. Ahora si ya fallecido se hace una prueba de ADN y no es hijo de él, aunque tenga su apellido tiene los mismos derechos no?.
Gracias
Me Amo
Re: herencia
Noeliaw: Aca vamos a necesitar la ayuda de un especialista en Derecho Privado, seguramente te van a orientar en estos dias. Por lo que a mi respecta y en lineas generales, es cierto, si la persona fallece, son herederos los 3 hijos, quienes deberan repartise los bienes. Lo que pretende esta persona es desheredar a uno de ellos ( el que reconocio) asi que es un tema un tanto complicado, porque para ello, tiene si o si que pasar sus bienes a nombre de sus hijos, (lo que implica gastos, escribano etc), tal vez constituyendo una figura que se denomina "traslado de Dominio con usufructo" pueda "sacar" esos bienes del tercer heredero, pero te advierto, si el tercer heredero se enterara de esa maniobra tendria un plazo de 10 años para colacionar (que es esto?) es pedirle a un juez que los dos herederos le den su parte ya que la supuesta venta o donacion etc, constituye un adelanto de sucesion. El tema que planteas es complejo y depende de la relacion que tenga esta persona con el heredero reconocido, otra forma seria colocar los bienes a nombre de un Tercero para que al cabo de un tiempo los traspase a sus hijos, (esto conlleva riesgos) y son todas acciones fraudulentas en el proceso sucesorio que de poder probarse terminaran repartiendo los bienes con los tres.

Respecto al tema de ADN, puedo infomarte basicamente que si se puede solicitar, pero me gustaria que algun compañeo del foro especialista en esto, te pueda ampliar mejor.
Saludos
Sebastian.-
bad thoughts
Re: herencia
Muchas gracias Sebastian, me has sido de muuuucha ayuda.

Saludos
Noeliaw
OiNk OiNk SMod (UDINAPSA)
Re: herencia
Noeliawin,

Efectivamente, como te informa QUIRON100, existe en materia sucesoria el Instituto de la COLACIÓN. ¿Qué significa ésto?
Luego de fallecida una persona (y hasta 10 años luego de su muerte), aquellos herederos forzosos que hayan recibido "liberalidades" de su parte (donaciones, cesiones, etc, a título gratuito, o ventas que se pueda probar que fueron sin plata en el medio, o sea "simuladas"), pueden ser citadas a COLACIONAR, que vendría a ser algo así como "devolver" el valor de lo que recibieron, sumar todo, y dividirlo de nuevop restándole a estos herederos el valor de la parte de herencia que se les adelantó.-

Está explicado para que se entienda, si hicie mucho lío al traducirlo, avisame y lo hago un poquito más "técnico".-

La porción que la Ley protege es el 80 % del patrimonio del fallecido, por ende, respecto de l 20 % restante, él puede disponer "a su antojo", ya fuere por testamento, o donando/cediendo en vida a otros herederos forzosos lo que quiera mientras no implique más del 80 b% de su patrimonio.-

No hace falta esperar a que se muera el padre para impugnar la paternidad de un hijo. La cuestión acá es: ¿El reconocimiento fue al nacer/anotar al menor o posterior? En tal caso, si fue al anotarlo y ahora por ejemplo surgieran nuevos indicios de que no es de él, se podría intentar una impugnación de paternidad; pero igual, mi consejo es que con todo lo que tengan visiten a un especialista en familia porque todo lo que dijamos aquí va a ser basado en simples especulaciones.-

Saludos,

Xime
Colgado de la Palmera
Re: herencia
No soy abogado
Te dire lo que creo saber
En Argentina la herencia es forzada de los padres a los hijos, creo que un 25% (u otro % menor) lo puede donar a quien quiere pero tiene que estar por escrito.
De ultima que haga un papel comun y firme despues lo luchara el que tiene el papel con su abogado.
Ese papel tiene que tener fecha, siempre con la misma virome y no estar tachado. (todo son supuestos que tengo) consulta a alguien que te oriente nas seguro
Un abrazo
espero no estar ayudando a un chanta
abogada microcentro
Re: herencia
Exactamentecomo han dicho los foristas la accion de impugnacion de paternidad tendrian que consulatr a una especialista en derecho de familia y este examinara el caso concreto, si la persona resulta que si es hijo y le realizaron esta accion podria reclamar daños y perjuicios que con todo esto se disminuiria el patrimonio de esta persona, ya que es un tema muy delicado entrar en la esfera privada someterse a un examen de ADN y resultar que si es hijo, porque para realizar este tipo de acciones la persona tiene que tener pruebas fehacientes que avalen la accion que va realizar, entre muichas de las cuestiones a evaluar.
Saludos
Dra Nieva
Mandril
Re: herencia
Originalmente publicado por noeliawin Ver mensaje
El tema es asi: la persona que tiene la herencia tiene 2 hijos, y de una cagada que se mando, tuvo un tercer hijo al que reconocio ya siendo muy mayor, el tema es que esa persona quiere que su casa y el terreno que tiene queden para sus dos hijos, no para el tercero que practicamente le dio su apellido por obligacion moral y al que ya de muy mala gana, y sin haberse echo la prueba de ADN dio su apellido. Pero cree que si va a sucesion, tambien entra este tercer hijo. Ahora si ya fallecido se hace una prueba de ADN y no es hijo de él, aunque tenga su apellido tiene los mismos derechos no?.
Gracias
Sí, el tercer hijo es heredero.- Fallecido el padre que lo reconoció, si los interesados en destruir el título de hijo deben iniciar un proceso que se denomina "impugnación de reconocimiento post morten", tramita por vía ordinaria, mas la acción caduca a los dos años de haber conocido el acto de reconocimiento.- En el caso que plantean la más fácil es simular una venta a los dos hijos si son mayores de edad o sino a un tercero y que el tercero pasado un tiempo el tercero se los done a los hijos si son menores. Sí es verdad el tercer hijo puede iniciar una acción de simulación,mas la prueba no es fácil.- Un consejo, que venda a un tercero de confianza, celebre con él un contrato de locación y luego de un tiempo el tercero dona a los hijos.- Es medio largo de explicar,pero se puede. Carmen Susana
 
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