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Gastos de una Sucesión

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    16/08/2007
    #21 Re: Gastos de una Sucesión

    A pesar de que los conceptos de "Russito" me molestaron bastante - y también los de la ¿colega? Sellenne (o algo parecido), acerca de la PC -, pero como - pese a la sapiencia de Xime y la de Caleb -, se han producido algunos errores, comprensibles porque son distintas en la práctica las normas de Capital y Provincia, - y a mi me pasa en una sucesión que tengo que terminar en Capital -, quiero aclararlos, con la experiencia que me dan 31 años de ejercicio profesional, y después le contestasré puntualmente a ambos lo que me molestó.-

    Se supone que, por una cuestión de menores costos, las sucesiones se iniciarán en Provincia, Departamenbto judicial San Martín, lugar donde se encuentra el ¿único? inmueble, que se supone fue sede del hogar conyugal de los padres de R.
    Para iniciar, seguramente te cobrarán 1) los gastos de apertura de carpeta, 2) el Jus previsional, 3) el Bono Ley 8480 y 4) alguna suma para "moverse".- 1) según la ley de Honorarios 8904 hoy $ 62; 2) $ 35; 3) $ 15; 4) Esto dependerá del abogado que consultes.-

    Una vez iniciado tenés los siguientes gastos: 1) Informes de Testamento Sellado $ 10 c/u + gastos de gestor.- 2) Edictos en Boletín Oficial (creo que son $ 30 pero no estoy seguro a cuanto se fue este año); 3) Edictos en un Diario de la zona el precio es el 40% + que el BO (o sea que si son 30 + 12 = $ 42); 4) Informe de dominio del inmueble (aprox. $ 40 + el gestor, aunque ahora creo se puede hacer desde el Colegio de Escribanos de cada Departamento Judicial); 5) Certificado de Inhibición de cada causante (un valos parecido al Dominio); 6) Oficio a Pensiones Sociales del IPS de la provincia (se cobra sólo la gestión, presentar y retirar, porque el trámite no tiene costo).-
    Después de esto sale la Declaratoria de Herederos y allí recién se paga la Tasa de Justicia, previo cuerpo de bienes que hace el letrado.-
    Supongamos que sólo existe el inmueble mencionado:
    Valuación Fiscal (del año en que se va a pagar la Tasa) ...... $ 56.000,00
    10% estimado legalmente como bienes muiebles del hogar.. $ 5.600,00
    TOTAL sobre el que se calcula la Tasa de Justicia................ $ 61.600,00
    Tasa de Justicia 2,2% sobre 61.600,00................... $ 1.355,20
    Aporte 10% Caja de Previsión social Abogados....... $ 135,52

    Con respecto a Tasa y Honorarios, aquí viene una vieja discusión, si se paga sobre el total de la valuación, en el caso de bienes gananciales (como es el caso de la sucesión de tu padre), o si se paga sólo sobre el 50%.-

    En tu caso, si bien falta el dato acerca de si tu hermano falleció antes que tu madre, supondremos que es así.-
    Se pueden hacer las tres sucesiones en conjunto.-
    En la sucesión de tu padre, se reparte el 50% entre todos los hijos y el 50% que es ganancial para tu madre.-
    Al fallecer tu hermano, sin hijos, le corresponden al cónyuge suipérstite (en este caso la vuda), el 50% de los bienes propios (es decir la mitad de lo que le correspondió en la sucesión del padre y los que hubiere adquirido de soltero) y el 50% de los gananciales y a la madre el 50% restante de ambos, los que entrarán en la sucesión de tu madre y le corresponderán sólo a sus hijos, con exclusión de la viuda.-
    En la sucesión de tu madre, sólo entran vos y tus hermanos vivos y se hace sobre el 50% del inmueble que le tocó como gananciales con más lo que heredó de tu hermano premuerto.-
    Como los gastos y honorarios se pagan en proporción a lo que le corresponde a cada uno y cada cual paga lo suyo, de acuerdo a los porcentajes que corresponden a cada cual es lo que pagan (lo que le correspondía pagar a tu madre lo pagan sus herederos y lo que debía pagar tu hermano le correspionde el 50% a tu madre y el 50% a la viuda, lo mismos el pago de la sucesión de tu hermano).-

    Con respecto a los honorarios, en la sucesión de tu padre, por ser el inmueble sede del hogar conyugal se regula sobre el valor del inmueble en el mínimo de la escala = 6%.-
    En las otras, entre el 6% y el 20%.-
    Aquí viene lo que para vos es un secreto de estado o cosa parecida, pero que no es así.- Es el Juez quien determina sobre esa base (6 y 20%) el honorario del profesional interviniente, por eso no se sabe hasta que el mismo queda determinado.-
    Esto se puede obviar, mediante un convenio de honorarios con el boga, que nunca podrá ser inferior al mínimo de la escala (6%).-
    A los honorarios regulados, en provincia le tenés que sumar el 5% de aporter a la Caja de Abogados y en caso de ser R.Inscripto el 21%.-

    Con respecto a tus conceptos sobre los abgados, el que hayas elegido mal, no te da derecho a pensar que todos somos iguales y que vamos por tribunales tratando de garcar a nuestros clientes, aunque como en toda actividad hay buenos y malos, así como hay joyeros que te venden un anillo como de oro 24 kilates y sólo tiene un bañito de 18 k, uno no va a pensar que todos hacen eso.- Elegiste mal, no averiguaste, ni te preocupaste por saber si lo que te proponían era lo correcto o no y ahora cargás la romana sobre los abogados, cuando el 50% de la culpa en lo que te pasó es tuya (si hubieras elegido un boga AMIGO no te hubiera pasado).-

    La colega también mete a todos en la misma bolsa, no te digo que con los gastos que implica ejercer la profesión, no se cobre algún adelanto para gastos, pero cada cual debe ser conciente de lo que pide y somos muchos los solicitamos lo estrictamente necesario (beneficencia no se puede hacer).-
    Sin embargo conozco a muchas que no se contentan con una suma al empezar, sino que reclaman cada vez que deben presentar un escrito, etc. etc.-

    Espero haber sido claro con la larga explicación.-
    Salu2, Gustavo.-

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    12/09/2007
    #22 Re: Gastos de una Sucesión
    buenas tengo una duda, les cuento mi padre fallecio hace 1 mes, mi mama quiere realizar la sucesion tengo una hermana, yo ayer hable con un abogado que me cobra el 13% del total del patrimonio por lo que estuve leyendo esta persona me tendria que cobrar el 13% del 50% del monto ya que mi mama se encuentra con vida , es asii.

    gracias saludos
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    #23 Re: Gastos de una Sucesión

    iggna...
    Tendrías que aclarar la ubicación territorial de los bienes, ya que en Capital si es correcto lo que decís, pero en la provincia de Bs. As., algunos Juzgados entienden que tanto tasa de Justicia como honorarios son sobre el 100%, y otros sobre el 50%, es decir sólo los gananciales que le correwespondúian al causante.-
    13% es un porcentaje que estaría dentro mde lo "normal", aunque en provincia, con respecto al inmueble, si fue sede del hogar conyugal, el % es menor y el Juzgado, toma como base regulatoria la valuación fiscal, si firman un convenio de honoraerios que eso quede claro.-
    Suerte, Gustavo.-

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    18/10/2007
    #24 Re: Sucesion
    Cita Escrito por Sellenne Ver mensaje
    Hola! Buen, en realidad, no, no me entendiste del todo... (o yo no fui del todo clara). Cito:

    ...si yo firmo un contrato con un abogado por un monto x , el abogado pierde el derecho moral y legal a pedir regulacion de honorarios al juez , porque ya hay un contrato previo de comun acuerdo y seria engañar al cliente pactar por un monto menor para agarrar el caso y despues pedir regulacion y a el juez si no se lo piden no regula honorarios ...


    En eso estamos de acuerdo: donde hay convenio de honorarios, no cabe la regulación... Ahora bien, la legislación de RN dice claramente: Toda renuncia anticipada de honorarios o pactos por un monto inferior al que correspondiere de acuerdo con esta Ley, será nulo de nulidad absoluta, excepto cuando se pactare con ascendientes y descendientes en línea recta, cónyuge o hermanos del profesional.
    (Ley 2212 de Río Negro - Honorarios de abogados y procuradores)




    Eso fue lo que quise decir con lo de no puedo cobrar MENOS (si puedo cobrar MAS) de lo que regula el juez.
    Lo que debí escribir, seguramente, fue: yo no puedo firmar un convenio por un %je menor al mínimo establecido por la ley (que de hecho, es el mismo mínimo que regularía el juez )... aunque la ley me permite firmar un convenio con un %je bastante mayor a ese 20% (máximo previsto por la ley para regular).


    Pasando de tema. Como en todos los ámbitos, lamentablemente, hay profesionales de todo tipo. De eso no te vas a escapar. Entiendo que también el abogado está más expuesto a que lo tachen de oportunista y de "ave negra" que otra cosa... Habrá quienes se merecen esos motes y creo que habemos unos cuantos que no lo merecemos... pero son gajes del oficio y uno los tiene bien en claro cuando inicia su carrera... Está en uno demostrar que no-somos-todos-iguales.
    También creo que, respecto de los honorarios, uno es libre de cobrar lo que considere justo que vale su trabajo... Yo no le pongo el precio a tu laburo, por qué vos vas a ponerle precio o cuestionar el mío?
    Entiendo que en situaciones como una sucesión, los honorarios que se fijan sinceramente, SON altos... Si no tenés pensado liquidar el capital, se te puede complicar pagar tasas, honorarios, etc.. TOTALMENTE DE ACUERDO! ME SOLIDARIZO!!!!!
    Pero respecto de las otras actuaciones? Si te parece, pagá y si no te parece, buscá otra persona...
    Nadie cuestiona lo que cobra un médico, un psicólogo, un técnico de PC, un mecánico, un zapatero o el manochanta de la esquina ... Pero al abogado SIEMPRE se le cuestiona lo que cobra!
    Creo que es algo para analizar...





    El tema es para mi que el medico por ej cobra por el trabajo que hace (ej dentista por sacar una muela) y no por el 10% del Reloj, traje y celular que trae el enfermo y encima ese 10% puede cambiar dependiendo de la cantidad de escritos o informes que presenta....
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    22/11/2007
    #25 Re: Gastos de una Sucesión

    "13% es un porcentaje que estaría dentro mde lo "normal", aunque en provincia, con respecto al inmueble, si fue sede del hogar conyugal, el % es menor y el Juzgado, toma como base regulatoria la valuación fiscal, si firman un convenio de honoraerios que eso quede claro."

    Consultas de ignorante informado.

    En Prov. el juez no suele pedir un informe catastral (expedido por agrimensor)para valuar el bien inmueble en lugar de considerar la valuaicion fiscal de rentas, por ej. ??
    Si el bien fue hogar conyugal y los honorarios deben ser los minimos 6%, porque esta bien y o normal un
    13 % ??
    Y por todo lo que explicaste minuciosamente mas arriba (muchas gracias, pocos lo han hecho), apertura de expedientes, tasa de justicia, edictos, etc. Representa solamente esos gastos el 5 %, aprox. El costo real de la sucesion seria un 18 % parte baja. . .

    El testamento y/o el usufructo con cesion de bienes, evita el juicio sucesorio ??


    Gracias.

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