Citación Fiscalía Contravencional
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Hola. Escribo porque necesito algo de información sobre este tema.
El año pasado, en Agosto, yo iba con el auto manejando y me pararon los de guardia urbana con la policía, para un control de alcoholemia. Me lo hicieron y me dio por encima del nivel permitido.
En ese momento me dijeron que lo permitido era tipo 0.5, y a mí me dio 0.95, es decir, un toque menos del doble.
Ahí me dieron la posibilidad de quedarme ahí esperando hasta que me baje a lo normal, o llamar a alguien con registro para que me vaya a buscar. Entonces yo llamé a mi hermana que vino con su novio, y nos fuimos.
En ese momento, me dieron un papel en donde decía que tenía que presentarme dentro de los 5 días hábiles, en una fiscalía o algo así. Casualmente, a los 2 días, me robaron la mochila con todos todos mis documentos. Entonces llamé a esa fiscalía, y pregunté qué hacer, ya que si me presentaba, no tenía ni papeles míos, dni, cédula, registro, papeles del auto, nada. Y ellos me dijeron que no había problema, que espere la citación, nomás.
Y bueno, hoy a la mañana me llamaron por teléfono, para citarme en un día de Agosto, en una fiscalía, y el tipo me dijo que podía ir con mi abogado o que sino ellos me daban uno.
Lo que yo quisiera saber, es qué significa todo este proceso. O sea, el que me llamó me dijo "vos venís, y hacés tu descargo". Pero descargo de qué ? O sea, voy y cuento lo que sucedió ? En qué terminan estas cosas habitualmente ? Es algo grave ? Qué podría pasar ?
Espero y necesito ayuda!
Gracias. -
Esto es una falta contravencional, te habrán labrado un acta en ese momento, artículo 111 del
Código contravencional, conducción en estado de ebriedad.
Para que te ubiques y no te asustes, es como una multa de tránsito, con la diferencia de que
de vez en cuando y si la falta es grave o reiterada, puede tocarte algún trabajo comunitario.
El descargo es porque tenés derecho a defenderte, y para eso te alcanza con el abogado que
te asignen.
Como no tenés contravenciones, normalmente te eximen de la sanción por el artículo 47, si en tu
declaración informás que habías llevado a un amigo que estaba descompuesto, por ejemplo, y que
para preservar su salud lo llevaste aún cuando habías tomado alguna copa.
También puede dejarte la condena en suspenso por el 46, que es lo que normalmente hacen.
La multa mínima debe rondar los 200 pesos, pero con un justificativo (o atenuante) lógico, no tendrías que tener problemas en salir sin pagar un mango.
Espero que se haya entendido.
Quedate tranquilo que si no tuviste multas, ni contravenciones, ni causas penales, etc, no tendrás problema alguno.
Cualquier cosita enviame un pm que te tiro unas puntas por mail, pero con el def oficial alcanza. -
Sí, lo entendí bien, y te agradezco mucho la respuesta.
Yo otras causas contravencionales no tengo.. esta es la primera, y multas tengo una por pasar en rojo y las de dejar el auto mal estacionado, pero nada más.
Lo que me había dicho un amigo que está estudiando derecho, es que el día que me citaron, vaya un poco más temprano, y le hable al defensor que me asignan ellos, y le diga directamente que quería ofrecer algo, sin declarar ni nada así no pasa a mayores, y que sea por ejemplo, como dijiste, alguna tarea comunitaria, o hacer como una donación, o que me saquen el registro por cierto tiempo.
Vos qué me recomendás ? Hago esto de ir a hablar primer con mi defensor, para que él hable con el fiscal y le ofrezca alguna tarea comunitaria y que me saquen el registro, o mejor voy a declarar y espero a ver lo que me dice la fiscal ?
