Les quiero hacer una consulta y pedir ayuda con un tema que me da urticaria:
la AFIP (Administracion Federal de Ingresos Públicos) me manda una carta diciendo que:
(Transcribo textual)
Sr/ Sra Juanito....
En los últimos años la AFIP se orientó fuertemente hacia la tecnologìa. Los avances en este terreno nos han dado herramientas que permiten brindar más servicios (??) e interactuar con los contribuyentes de manera más fluida.
También aportaron instrumentos para manejar la información que conforma nuestra base de datos, y es aquí donde surge el motivo de esta comunicación: se acerca el vencimiento anual de Ganancias y Bienes Personales, y según la información que tenemos, usted ha realizado consumos y/o cuenta con bienes que indicarían que se encuentra obligado a presentar la declaración jurada de Ganancias y/o Bienes Personales
como queremos establecer una relación transparente con nuestros contribuyentes podrá conocer los que nosotros sabemos al respecto , ingresando en nuestra página web (www.afip.gov.ar), al servicio con clave fiscal denominado "Campaña Ganacia y Bienes Personales"
Si Ud debe presentar su declaración jurada, queremos informale que:
. deberá hacerlo el el programa aplicativo "Ganacias Personas Físicas - Bienes Personales - versión 9.0" el que estará disponible para su descarga en la página web a partir del 19 de marzo del corriente año.
. el mismo permite realizar la carga de información en forma conjunta de ambos impuestos facilitando el ingreso de datos.
. la declaración jurada que se genere con el aplicativo deberá presentarse únicamente por internet, ya sea: utilizando su Clave Fiscal desde el sitio web o con su clave bancaria ingresando a las páginas de los banco habilitacos.
Para acceder a más información vinculada a este tema y sobre la forma de tramitar y operar con Clave Fiscal, podrá ingresar al Micrositio de Ganancias y Bienes Personales disponible en nuestra página web
Atentamente (???).... AFIP
Perdón por la lata pero creo importante transcribir todo el texto (Aclaro que los signos "?" son agregados míos).
Y aquí consulto: primero: cómo sabe la AFIP que yo debería presentar una declaración jurada, y lo que es más importante: cómo sé YO si debo presentarla o no?
Qué toman en cuenta para sus cálculos? (pueden ser propiedades inmobiliarias? plazos fijos? resúmenes de tarjeta de crédito? plazos fijos en el exterior?) entiendo que debe haber un límite (sumados estos ítems o algunos de ellos) a partir del cual se debe tributar. Alguien por aquí sabe cómo es el tema???
Puedo ingrear a la página de la AFIP a chusmear sin quedar "pegado"??
No quise entrar todavía a la bendita página de la AFIP para no meter la pata ya que aún no sé si que saben "algo" o es que se tiran el lance?? personalmente no me considero un sujeto con "bienes personales" como para tener que pagar por ellos más de lo que ya pago, pero tal vez la voracidad de la AFIP considere otra cosa. (un par de plazos fijos, en los cuales no soy el único titular, un par de deptos y algunas acciones de bolsa)
FAVOR!! ayuda con este tema.
Desde ya GRACIAS!!!