Hoja de coca.Situación en Argentina
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Queridos foristas: Quisiera saber cual es la situación legal de la hoja de coca en Argentina. Se que en el Noroeste Argentino el consumo de hoja de coca es una práctica habitual. Sin embargo, he tratado de conseguir en Capital federal té de coca. Es increible ver las reacciones de los comerciantes ante tal pedido. Un comerciante me dijo que no se puede comercializar en Buenos Aires.Esto último me suena muy poco convincente...no puede ser que lo que es legal en Salta sea ilegal en Buenos Aires
Muchas gracias
Saludos -
nose che, en Chile es re normal y en Bolivia tambien... talves x eso salta y jujuy esta "permitido" por asi decirlo porq estan muy al limite y ahi ciudades q estan en la frontera con Bolivia y por lo q vi en la tele algunas leyes pasan de largo al pareser
Ahora creo q en Argentina para uso medicinal esta permitido (un te de coca creo q no es ilegal) pero si esta mal visto en la calle. ojala q alguien sepa mas q yo y te pueda ayudar -
Estimado.... tengo un foro del tema pero para contestarte brevemente te digo que la legislacion nacional para con la hoja de coca se rige por la ley 23737 la "ley de estupefacientes" que es muy inconsistente para aplicarla especificamente (no me acuerdo de los detalles en este momento pero prometo enviarte mas material de la parte legal) asimismo este ley en el norte argentino no aplica al pie de la letra, puesto que se ha "flexibilizado" de cierta YA que forma parte de la identidad cultural del hombre andino y aqui en jujuy la consumen desde los niños ( en tisanas para el dolor abdominal ) hasta los jueces de los tribunales en coquetas confiterias del centro de la ciudad, pasando por los obreros hasta policias, empleados, mujeres (en menor medida) etc.... se la usa en ocasiones de festejo y celebraciones (desde nacimientos y bautismos, "PACHAMAMA", FIESTAS RELIGIOSAS, hasta los funerales) no hay ocasion que la hoja de coca no este presente en toda la vida de los jujeños...
EL CONSUMO DE HOJAS DE COCA (entiendase bien el termino hojas) no es ilegal en la argentina, tampoco es ilegal el transporte de hasta 250 gr. para consumo, la venta tampoco (si vieras que aqui la venden en el mismo almacen que te venden un pan, una leche y una bolsita de coca) es facil de conseguir y si alguien te dice lo contario es que por desonocimiento o bien por malinterpretacion capaz de que te guardan una nochecita en la comisaria, pero con la ley en mano te podes hacer respetar (obviamnete hablo del conocimiento de la misma) se me acaba el tiempo pero te mando mas material tal vez hoy ma seguro el martes ,lun feriado ncional)
saludos desde jujuy..
EL JUJEÑO..... -
Muy buena respuesta Jujeño, se que han pasado dos años de tu respuesta, pero si aún habitas el foro, me interesaría saber cual es tu foro acerca de este tema. Muy loco enterarse de que las cosas con respecto a ese tema puedan ser tan retrógradas a nivel judicial al día de la fecha, cuando está probado que no es una droga la hoja de coca en sí sinó mas bien una medicina natural, tal vez una de las que tiene más y mejores propiedades dentro del rubro infusiones de té. Un saludo colega, me voy a investigar la ley que mencionó.
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Mirá es una cuestión delicada. A priori la ley prohibe la tenencia de estupefacientes para el comercio. El gris, o sea, la delgada linea donde se divide la jurisprudencia es que hacer cuando está claro que la tenencia es meramente para consumo personal.
Con la hoja de coca es exactamente igual que con la de marihuana. Si tenes una planta en tu casa nadie te va a hacer nada, lo que no podes tener es una plantación entera, porque si te agarran facilmente va a ser presumible que la estás utilizando para comercializar estupefacientes. -
Hablan al pedo:
Sin embargo, cómo la distribuís en capital???... Osea... imaginate un flaco que se trae un escaño de coca diciendo que es "para distribuir para consumo personal"...
Ley 23.737Sancionada el 21 de Septiembre de 1989, promulgada el 10 de Octubre de 1989 por aplicación del artículo 70 de la Constitución Nacional y publicada en Boletín Oficial el 11 de Octubre de 1989.
Art.15: La tenencia y el consumo de hojas de coca en su estado natural, destinado a la práctica del coqueo o masticación, o a su empleo como infusión, no será considerada como tenencia o consumo de estupefacientes.
Hasta donde sé, no hay ningún aparato que regule la distribución de coca... Ni tampoco creo que sea necesario, el mercado en capital es pequeño (si excluimos a las comunidades bolivianas, claro), y lo que sí hay es muchas cocinas de cocaína... Es más cómodo cortar por lo sano... y que lo bolivianos que encarguen de proveerse su propia coca...
Por otro lado... Cuando buscaba en el mercado de liners... a todos los que les pergunté me miraban con cara de WTF. -
Todos los foristas se equivocan.
Señores, la ley 23737 en su articulo 15 dice:
ARTICULO 15°: La tenencia y el consumo de hojas de coca en su estado
natural, destinado a la práctica del coqueo o masticación, o a su empleo como
infusión, no será considerada como tenencia o consumo de estupefacientes.
En muchas provincias ignoran las propiedades de la hoja de coca. Si te pones hojas de coca en la boca no te estas drogando......
Saludos señores. (Acepto criticas y consejos sarmientott@hotmail.com) -
Hola, he visto que la venden en un sitio web y la distribuyen en toda la republica argentina no entiendo porque tanto lio ya se esta comercializando busque en google Coca Social dot. ORG y pidan nomas para hacerse un rico tecito de hojas de coca.
