Que tal? a ver si hay alguien que puede asesorarme en este tema. Hace un mes vendi un fondo de comercio rescindiendo el contrato con la dueña del local. hasta ahi todo normal. Le fui a pedir el deposito que deberia devolverme la dueña del local y primero me dice que al haber rescindido el contrato, no corresponde que me devuelva el deposito. Busque jurisprudencia y si en el contrato no se aclara nada, debe devolvermelo. En este caso, no aclara nada. Al ver que tenia razon, la dueña ahora dice que hay una ley en cuanto a transferencia de fondo de comercio, en la que ella deberia haberme reclamado un porcetaje de esa venta... existe dicha ley? o seria solo cuestion de un acuerdo entre las partes? Si alguien me sabe responder o tiene algun link con jurisprudencia, le estaria agradecido, saludos