#9 Re: Rescindir Contrato de Alquiler
Hola Steve, yo soy un simple estudiante pero a ver si te puedo ayudar tambien....
Como dice Juan, la ley no estipula una multa, sino que, como vos decis, si te avisa el 1 de Julio y se va el 31 tiene que pagarte el alquiler por Julio y por Agosto.
El articulo 7 estipula que solamente podes pedir 4 meses de deposito si el contrato es de 4 años. Como la mayoria de los contratos de alquiler que no son comerciales son de 2 años, por ley, le deberias haber pedido 2 meses de deposito. En la practica se pide mas por el desconocimiento de las leyes por parte de la gente y las inmobiliarias que se aprovechan de eso.
El contrato de recision deberia hacerse el dia de la entrega de la llave, pero vos tenes derecho de visitar la propiedad antes para hacer un inventario de la misma y cotizar los descuentos pertinentes en el caso de que haya cosas en malas condiciones.
Con el tema de los servicios, te los debe dejar pagos hasta el dia que dure la locacion, en este caso seria hasta Agosto.
Lo mejor que podes hacer es ver como esta el inmueble, que hay de descontarle del deposito y de los impuestos/servicios, y tratar de llegar a un acuerdo para devolverle la diferencia. Si lo estas haciendo mediante inmobiliaria ellos son los responsables de asesorarte.
Espero haberte ayudado en algo, y esperemos a ver que dice Juan a ver si concuerda conmigo en algo...

Saludos