Orientación Legal /

poder general judicial "urgente"

Participa en el tema poder general judicial "urgente" en el foro Orientación Legal.
Hola que tal, tengo una duda sobre el poder general judicial como lo dice en ...

Buscar en este tema:
 
  •  
    #1 poder general judicial "urgente"
    Hola que tal, tengo una duda sobre el poder general judicial como lo dice en el titulo, mis dudas son las siguentes:

    Tengo que iniciar un juicio contra el estado y el abogado me pidio de firmar el poder general judicial, pero lo que quiero saber es si con este poder otorgado al abogado este puede cobrar el juicio son que yo me entere.

    Cuanto es el porcentaje que el abogado tiene derecho a reclamarme de lo que voy a cobrar?

    Cuanto se puede pedir en el jucio hablando de resarcimiento economico si una persona estuvo 4-5 años preso acusado de un delito, y un juez determina que no hay pruebas y queda libre sin ningun cargo?



    DESDE YA MUCHISIMAS GRACIAS.
    +
     
    0
    Me gusta
     
    http://www.psicofxp.com/forums/orientacion-legal.424/973070-poder-general-judicial-urgente.html
    | Más
  • #2 Re: poder general judicial "urgente"

    nadie me ayuda..
    Me gusta este mensaje
  • #3 Re: poder general judicial "urgente"

    Hola.
    El tema es así: los abogados necesitamos (por una cuestión de mejor desempeño) tener otorgado a nuestro favor ese tipo de poder. Hay abogados que sin ese poder no te toman el caso (no trabajan de otra forma).
    Con relación a las facultades de percibir, surgen del texto del poder. Esos poderes pueden ser con o sin facultad para percibir (si no dicen que tienen la facultad es que no la tienen).
    Igualmente hay abogados que si no se les otorgan esa facultad, en el poder, no te toman el caso.
    Yo en particular uso generalmente poder (hago excepciones) y pido las facultades para percibir. Si no se aceptan las elimino. Y generalmente no percibo sin mi cliente.
    Pero como decían en una pelicula, es preferible tenerlo y no necesitarlo, que necesitarlo y no tenerlo.

    Con relación a lo que te puede pedir el abogado, de honorarios, generalmente se pacta entre un 25 a 30 % (puede variar según las preferencias del abogado) más lo que regule el juez.

    Y creo que si se indemnizan esos casos, pero no tengo experiencia.

    Saludos.
    Me gusta este mensaje
  • #4 Re: poder general judicial "urgente"

    Si es por prision preventiva en principio no se indemniza (caso Balda es el leading case), hay jurisprudencia de la CSJN, si es por condena penal erronea es otro cantar.
    Me gusta este mensaje
  • #5 Re: poder general judicial "urgente"

    Tengo pendiente la lectura de un artículo de la ley sobre el tema. Asique no puedo todavía hablar con conocimiento de causa
    Me gusta este mensaje
  • #6 Re: poder general judicial "urgente"

    entonces seria algo asi, se puede dar ese poder pero poner una clausula o como se llame para que el abogado no pueda percibir?
    Me gusta este mensaje
  • #7 Re: poder general judicial "urgente"

    En realidad, con que no se encuentre la clausula es suficiente.

    Saludos.
    Me gusta este mensaje
  • #8 Re: poder general judicial "urgente"

    Te contesto sólo sobre la primer parte de tu pregunta: SI puede cobrar cualquier suma de dinero que te deba ser abonada en la medida que el poder lo autorice, por lo que tenés que tener muy en cuenta cuando el Escribano te lo lea o cuando vos lo hagas (ya que por ley tenés el derecho de hacerlo) que NO figuren las facultades de "cobrar y percibir judicial o extrajudicialmente, dar recibos y/o cartas de pago".-
    Me gusta este mensaje
  • #9 Re: poder general judicial "urgente"

    muchas gracias por su ayuda, realmente me sirve
    Me gusta este mensaje


Estadísticas del tema
  • 8 RESPUESTAS
  • 159 VISTAS
  • 4 USUARIOS RESPONDIERON
 
Ir arriba
Contacto | Acerca de | Ayuda | Términos Legales | privacidad | Pautas de convivencia | Mapa de los foros | TrabajÁ con nosotros
©2008 Psicofxp.com S.A. - Todos los derechos reservados
Certifica IAB