Sobre la Fragata Libertad
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Aún nadie abrió un tema al respecto.
Y bueno, ¿qué piensan las personas del foro? ¿quién tiene la responsabilidad? ¿qué medidas debe tomar la Argentina? -
Sin conocer a fonde el kid de la cuestion... me animo a pensar que es una muestra mas que evidente de lo que pasa cuando te importa 3 pepinos la politica exterior y te pasas por el ortis todas las reglamentaciones internacionales.
O se creen que no vamos a tener consecuencias negativas impidiendo de manera unilateral la importacion de todo tipo de productos (bueno, menos los que tengan algun "favoritismo" en aduana...) provenientes del exterior... y no poder enviar guita al extranjero y pesificar deudas en dolares... tiempo al tiempo
Cualquier pais que compra nuestros productos de exportacion esta en todo su derecho de decir un dia: "oiga, si usted no me compra nada de nada me parece que yo tampoco le compro mas, prefiero comerciar con paises con los que tengo reciprocidad..." no harian ustedes lo mismo? -
Me parece que está confundiendo la noticia:
http://www.clarin.com/politica/Argen...791321119.html
http://www.clarin.com/politica/Fraga...791321001.html -
La Argentina se viene cag... en sus obligaciones y politica exterior desde hace mucho tiempo. Tarde o temprano eso trae consecuencias y lo que pasó con la fragata "Libertad" es una de ellas.
Creo que alguna vez hubo un intento parecido con un avión de Aerolineas, pero no se como terminó. -
Me imagino que el rescate de la fragata (porque en este caso si se hacen los bolu2 se queda a dormir en ese puerto de por vida) se hará en PESOS... no? aceptarán los tenedores de esos bonos de fondos buitres a nuestra moneda "soberana" como medio de pago legítimo? no? Quiero creer que si a cualquier habitante de la Argentina se le prohibe ayudar a algún pariente en el extranjero con moneda aceptable internacionalmente como el dólar, no irán a ser tan forros de garparle a los buitres con esos mismos dólares que se nos niega a nosotros...
No, estoy fantaseando, este gobierno tan Nac & Pop no sería capaz de semejante bajeza... -
humm... raro que de ser el caso la Argentina no planteara inmediatamente la ilegalidad de la acción, por otra parte y leyendo un poco más encontré este artículo del link que dejaste donde parece confirmar la legalidad del embargo, porque en él se aclara que el convenio éste sólo se aplica a buques comerciales, no es el caso entonces de nuestra fragata:
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Cierto. Ya borré el mensaje.
De todas formas, el texto que se cita para argumentar la ilegalidad de esta retención es el artículo 32 de la Convención sobre el Derecho del Mar.
También leer del 22 al 24
http://es.wikisource.org/wiki/Conven...erecho_del_MarÚltima edición por PedroJuan5689; 14/10/2012 a las 02:30

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