#1 Reempadronamiento de controladores fiscales
Se establece un reeampadronamiento obligatorio de los Controladores Fiscales habilitados, con vencimiento el 16/10/2009.
El incumplimiento del reempadronamiento implicará la inhabilitación de los equipos instalados, a partir del 17/10/2009.
Para cumplir con la obligación del reempadronamiento de los controladores e impresoras fiscales deberá seguir el siguiente procedimiento:
1.- Ingresar a la página Web de la AFIP, con Clave Fiscal, al servicio "Gestión de Controladores Fiscales", opción "Reempadronamiento de Controladores Fiscales".
2.- Remitir los datos del equipamiento. Este paso podrá realizarse en línea (ingresando los datos requeridos por el sistema) o mediante la importación de datos desde un archivo que contiene la información. Los datos requeridos para el reempadronamiento son los que seguidamente se detallan:
- Datos del Equipo: Código de Controlador, Número de Serie, Si se trata de un equipo nuevo o usado, Si el equipo es propio o de un tercero (en este último caso deberá informar la CUIT).
- Datos del Vendedor: CUIT y Fecha de Entrega (no se completarán si el equipo es usado)
- Datos del Inicializador: CUIT del servicio técnico, CUIT del técnico autorizado y fecha de inicialización
- Para impresoras fiscales: CUIT del Profesional de sistemas
- Ubicación del Controlador Fiscal: Cód. de Punto de Venta, Código Postal, Provincia, Localidad, Calle, Número, Piso, Oficina/Depto.
- Marca de Información Faltante: si por algún motivo no cuenta con algún dato requerido por el sistema
- Si declara no contar con información faltante: deberá seleccionar el motivo, opciones posibles "F.445/E ilegible", "Extravío del Libro Único de Registro", "Extravío de documentación vinculada".
3.- Imprimir original y copia de la "Constancia de reempadronamiento" de cada controlador fiscal. Deberá ingresar a la página Web de la AFIP, con Clave Fiscal, al servicio "Gestión de Controladores Fiscales", Opción "Reempadronamiento de Controladores Fiscales". La Constancia original deberá fijarse -en forma visible-en el equipo o junto al lugar de emplazamiento, en reemplazo del F.445/E y el duplicado de la constancia deberá archivarse en el Libro Único de Registro.
Si desea visualizar los pasos requeridos por el sistema para realizar el reempadronamiento,ingrese aquí.
El incumplimiento del reempadronamiento implicará la inhabilitación de los equipos instalados, a partir del 17/10/2009.
Para cumplir con la obligación del reempadronamiento de los controladores e impresoras fiscales deberá seguir el siguiente procedimiento:
1.- Ingresar a la página Web de la AFIP, con Clave Fiscal, al servicio "Gestión de Controladores Fiscales", opción "Reempadronamiento de Controladores Fiscales".
2.- Remitir los datos del equipamiento. Este paso podrá realizarse en línea (ingresando los datos requeridos por el sistema) o mediante la importación de datos desde un archivo que contiene la información. Los datos requeridos para el reempadronamiento son los que seguidamente se detallan:
- Datos del Equipo: Código de Controlador, Número de Serie, Si se trata de un equipo nuevo o usado, Si el equipo es propio o de un tercero (en este último caso deberá informar la CUIT).
- Datos del Vendedor: CUIT y Fecha de Entrega (no se completarán si el equipo es usado)
- Datos del Inicializador: CUIT del servicio técnico, CUIT del técnico autorizado y fecha de inicialización
- Para impresoras fiscales: CUIT del Profesional de sistemas
- Ubicación del Controlador Fiscal: Cód. de Punto de Venta, Código Postal, Provincia, Localidad, Calle, Número, Piso, Oficina/Depto.
- Marca de Información Faltante: si por algún motivo no cuenta con algún dato requerido por el sistema
- Si declara no contar con información faltante: deberá seleccionar el motivo, opciones posibles "F.445/E ilegible", "Extravío del Libro Único de Registro", "Extravío de documentación vinculada".
3.- Imprimir original y copia de la "Constancia de reempadronamiento" de cada controlador fiscal. Deberá ingresar a la página Web de la AFIP, con Clave Fiscal, al servicio "Gestión de Controladores Fiscales", Opción "Reempadronamiento de Controladores Fiscales". La Constancia original deberá fijarse -en forma visible-en el equipo o junto al lugar de emplazamiento, en reemplazo del F.445/E y el duplicado de la constancia deberá archivarse en el Libro Único de Registro.
Si desea visualizar los pasos requeridos por el sistema para realizar el reempadronamiento,ingrese aquí.
- Revosolution
- http://www.revosolution.com.ar