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Renunciar sin aviso.

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      • 22/03/09
    21/04/2012
    #1 Renunciar sin aviso.

    Hola gente pregunto porque tengo unas dudas acerca de ésto, aunque ya antes alla renunciado, ha pasado tiempo y la verdad no me acuerdo.

    Estoy en un trabajo el cuál quiero dejar para pasar a otro mejor, y no sé con cuanta anticipación debo avisar, tenía pensado avisar con 2 semanas de anticipación, pero mi temor es que me digan algo referido a lo legal que me impida renunciar en 2 semanas. Alguno tiene idea? Gracias.

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    12 comentarios / 830 Visitas

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      • 24/01/09
    21/04/2012
    #2 Re: Renunciar sin aviso.

    creo que podes renunciar sin previo aviso
    legalmente no te pueden decir ni hacer nada
    éticamente quedaría mal por lo cual te sugeriría avisar unos 15 dias antes

    a ros95181033 le gusta esto.
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      • 22/03/09
    22/04/2012
    #3 Re: Renunciar sin aviso.

    Gracias por la respuesta!! Saludos.!

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      • 20/03/08
    23/04/2012
    #4 Re: Renunciar sin aviso.
    Cita Escrito por Judas_Muller Ver mensaje
    creo que podes renunciar sin previo aviso
    legalmente no te pueden decir ni hacer nada
    éticamente quedaría mal por lo cual te sugeriría avisar unos 15 dias antes
    No es asi.

    Ambas partes, empleador y trabajador, deben preavisar su voluntad de extinguir la relacion.

    Para el trabajador el plazo es siempre de 15 dias. Dos semanas esta bien.

    El empleador, si no das el preaviso, puede y suele retener de la liquidacion final el importe correspondiente -mas alla de la legalidad de esto-. O puede que no pase nada.

    Salutes!
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      • 23/11/02
    23/04/2012
    #5 Re: Renunciar sin aviso.

    Ley 20744.

    ARTICULO 231. - El contrato de trabajo no podrá ser disuelto por voluntad de una de las partes, sin previo aviso, o en su defecto indemnización, además de la que corresponda al trabajador por su antigüuedad en el empleo, cuando el contrato se disuelva por voluntad del empleador.
    El preaviso, cuando las partes no lo fijen en un término mayor, deberá darse con la anticipación siguiente:
    a) Por el trabajador, de un (1) mes.
    b) Por el empleador, de un (1) mes cuando el trabajador tuviese una antigüuedad en el empleo que no exceda de cinco (5) años y de dos (2) meses cuando fuere superior.

    ARTICULO 235.- La notificación del preaviso deberá probarse por escrito.

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      • 22/03/09
    23/04/2012
    #6 Re: Renunciar sin aviso.


    osea que puedo renunciar pero me quedo sin la liquidación final?
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      • 08/06/01
    • Tradicionalista idealista
    23/04/2012
    #7 Re: Renunciar sin aviso.

    No te quedás sin la liquidación final. Se te retiene un monto correspondiente a esos días de preaviso que no diste, pero el resto de tu liquidación final te sigue correspondiendo (días trabajados en el mes, proporcional de aguinaldo, proporcional de vacaciones - pero siempre descontando el plazo de preaviso si quieren).

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      • 22/03/09
    23/04/2012
    #8 Re: Renunciar sin aviso.

    Y sí, eso seguro que lo van a querer descontar. Muchas gracias por la info gente!!

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      • 10/10/07
    24/04/2012
    #9 Re: Renunciar sin aviso.

    En la práctica eso no ocurre. Al menos yo no lo vi nunca.

    • _pat
      Invitado
    02/05/2012
    #10 Re: Renunciar sin aviso.

    yo renuncié dos veces sin preaviso :S poder se puede, si una de las partes también está incumpliendo lo acordado. En el primero yo estaba en blanco, me aseguraban que me darían días de estudio, cuando los precisé, no me los quisieron otorgar porque los horarios se disponían según la necesidad de la empresa, con lo cual se contradecía. Sí me descontaron.
    En el segundo no hubo problema porque me habían dicho que iba a estar 3 meses "a prueba" - en negro -, pasaron 6 meses y aún no me legitimaban, por lo que decidí renunciar (necesitaba obra social), y nada podían tomar como represalia porque no había contrato que avale el acuerdo de las partes.

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