Reclamo por sueldo mal liquidado y aportes "parciales"...
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Me decontaron plata por dos dias q teoricamente falte sin avisar (y es mentira, pedi medico laboral y tengo todos los certificados), el problema es que siempre que pagan mal... se toman todo el tiempo del mundo en "darse cuenta" del error y pagarte lo que te corresponde... ahora, yo pregunto, cuanto es ese tiempo maximo legalmente? pq no me parece serio que tarden 3 meses en pagarte, porque ellos no saben mi situacion economica, quizas tengo q alimentar a mis 10 hermanitos (?), o sea, es real, no lo saben...
Es un error de ellos y ELLOS se tienen q hacer cargo, no yo, pero me dijeron q legalmente no se puede nada y no entiendo como puede ser por eso consulto aca por las dudas... Ya arme mucho quilombo el viernes en el laburo, y no tengo ningun problema en armar mas, porque de echo lo voy a hacer.
Otra cosa, mis aportes no se estan haciendo y hay muchos "pagos parciales" y sin embargo en mi sueldo me descuentan todo como si se estuvieran haciendo, como actuo? puedo amenazar con hacer una demanda/juicio/denuncia?
Gracias a todos -
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OiNk OiNk AdMiN (UDINAPSA) - Administrador
07/05/2006#2 Re: Reclamo por sueldo mal liquidado y aportes "parciales"...Hola Gus!
La respueta es SI a ambas cosas. Uno para hacer un reclamo ante la Justicia (previo paso por el SECLO) no tiene por qué haber renunciado ó haber sido echado. Las diferencias salariales y la retención de aportes sin depósito, también se reclaman.
De hecho, si te retienen aportes y no los depositan, existen multas previstas en la Legislación que penan ese tipo de prácticas.-
Lo aconsejable, si te animás a desatar la pelea, claro, es intimarlos x Telegrama a que te paguen y/o hagan los aportes que no están haciendo, y, tras 48 hs. de haber recibido tu intimación, sin respuesta (Eso lo ves con el acuse de recibo del correo), estarías habilitado para hacer el reclamo vía SECLO.-
Siendo tan poco lo que reclamás, no creo que te hagan ir a juicio.-
Además, ante la falta de pago del salario en forma, o ese tipo de prácticas, el empleado tiene derecho a darse por despedido "con causa", en cuyo caso, estarías habilitado, una vez que te dieras por despedido, a reclamar la indemnización por despido completa.
Cualquier cosa que necesites, avisame.
Besos,
Xime -
