Indemnizacion ART
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Hola Gente,
Hace un poco mas de dos meses tuve un accidente cuando volvia del trabajo hacia mi casa con lo cual tuvieron que operarme... Como fue en horario laboral todo lo cubre la ART...
El tema es, que estoy a tres semanas aproximadamente de que me den de alta, y hoy tuve un comentario que me sono medio volatil, pero igual lo quise chequear...
Me dijeron que aunque quede bien en tema de salud, igual tengo que cobrar una indemnizacion por la operacion que tuve y que tengo que ir a reclamarla a la ART... y la indemnizacion es mayor por haber tenido anestecia total en la operacion...
Cuando escuche esto (del remisero) le sonrei y pense para mi mismo, deja de boludearme y segui manejando, pero, alguno sabe si esto es verdad???
Saludos y gracias.
Mr Incredible. -
Hola Mr.
Sobre lo que preguntas de la indemnizacion en caso de accidente laboral, corresponde dicho pago indemnizatorio, en el caso que queden secuelas despues de haberte dado el alta la ART.
Lo que corresponde por dicho monto a cobrar de indemnizacion variará el calculo segun si la incapacidad que te quedo fue menor del 50%, o entre 50% y 66%, si es mas del 66% se lo considera ya como incapacidad laboral permanente total.
Me dijeron que aunque quede bien en tema de salud, igual tengo que cobrar una indemnizacion por la operacion que tuve y que tengo que ir a reclamarla a la ART...
Si salis todo ok, no corresponde el pago de dicha indemnizacion.
En el caso que corresponda algun pago, al tener ya la ART el conocimiento de esas secuelas, suelen enviarte el cheque.
... y la indemnizacion es mayor por haber tenido anestecia total en la operacion...
Eso si ya es verso para estirar la charla el remisero (o desconocimiento tal vez), la anestecia local o total no determina ningun pago indemnizatorio.
Saludos y suerte con tu recuperacion. -
Hola Ariel, bienvenido a piscofxp!
El tope es de $180.000. Se calcula con la formula: 53*IBM*%inc*(65/edad) pero está formula de dar más de $180.000 se te aplica éste tope. Sin embargo, dado que la ley de riesgos está quebrada, podés plantear la inconstitucionalidad de éste sistema cerrado (declarada por la CSJN en el fallo "Aquino") y pedir más dinero por vía civil.
Saludos! -
alguien sabe si me corresponde cobrar una indemnizacion por incapacidad .ya hice la denuncia a la snrt, tuve la cita con el medico y la art ,me mandaron a hacerme analisis y estoy esperando su respuesta que me dijeroin que en 60 dias me mandan elk dictamen ,ahora estoy con un reagravamiento por el mismo problema (hiatus en cuerdas vocales ), pero cuando yo pido por primera vez art (abril 2006)de la art no me dijeron que tenia que cobrar nada,llamando por tel a la snrt me informan que inicie un tramite por divergencia. eapero cobrar algo ya que mi laburo es con la voz y cada vez estoy peor. gracias por la respuesta.
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Alejandra: antes que nada NO TE RECOMIENDO UN ABOGADO, lo único que va a hacer es sacarte el 20% de tu indemnización y te van a dar lo mismo que si seguís los pasos que te indica la Superintendencia de Riesgo del Trabajo. Espera el dictamen y si seguís disconforme, ahí mismo te dice que hacer.
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hola que tal. el viernes 30/05 tengo la junta medica para que me digan el grado de incapacidad que me quedo por que en un accidente laboral perddi el dedo meñique de la mano derecha, el pasado 23 de abril se cumplio un año, asi que este mes me quede sin sueldo mi pregunta es que debo hacer en esa junta si me dan la incapacidad pero no el alta ya que mi mamno no quedo bien por las 4 operaciones siguientes al accidente y estoy con rehabilitacion y tratamiento psiquiatrico espero su respuesta saludos y muchas gracias.
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Lo que puede pasar en es lo siguiente:- No creo que te den la incapacidad todavía, seguramente te den la incapacidad provisoria y en caso de que sea mayor al 50% te van a pagar ese porcentaje de tu sueldo.
- Si te dan la definitiva vas a cobrar la incapacidad y la ART no te va a pagar el sueldo, lo único que te queda es que el sueldo te lo pague la empresa (aunque no tienen la obligación).

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