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Ya deberian haberte pagado los dias trabajados y la liquidacion final. Seguramente se estan haciendo los tontos para ver si pasa.
El reclamo es muy pequeño para ir con un abogado, te recomiendo que les insistas y bombardees con requerimientos.
Salutes! -
Estimados todos
El plazo legal por la modificacion del 255 bis LCT es de 4 dias habiles para que te paguen la liquidacion x renuncia.
Un tema que se suele olvidar y que no se ha mencionado aqui, es el de los certificados art. 80 LCT.
Resumiendo, son unos papeles que si no te los dan, cobras una multa, igual a 3 sueldos.
Hay que enviar misiva, y saber cuando y con que texto enviarla, asi que tienen que consultar un abogado.
Slds.

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