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[CONSULTA] calculo aproximado de indemizacion

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    #1 [CONSULTA] calculo aproximado de indemizacion
    hola mi tema se refiere a que no se como calcular la liquidacion, paso a detallar la pequeña historia:

    empece a trabajar en una empresa de reparaciones electronicas como tecnico electronico el dia 9/09/2004 y trabaje hasta febrero de 2007

    siempre estuve en negro sin aportes,obra social ni nada por el estilio.
    tuve 15 dias de vacaciones en el 2005 y 5 en el 2006

    trabaje de lunes a viernes un total de 9 horas diarias.

    en febrero me fui de la empresa sin firmar ningun papel de nada sin telegramas ni nada por el estilo ya que me estraban robando las comisiones de los equipos que reparaba.
    en marzo de 2006 la empresa fue alquilada a el hijo y yerno del dueño original, siguiendo mi situacion como venia sin alteracion alguna.
    mi sueldo era de 400 pesos y me daban 180 por mes para alquilar una vivienda como fue en un principio ya que no era de la localidad donde la empresa esta.
    por mes he logrado y firmado recibo por 1200 a 1600 pesos de acuerdo a las comisiones ganadas

    que me corresponde hacer, esta empresa hoy en dia me esta reclamando una deuda de 1220 pesos que fue por una situacion particular que accedieron a darme sin que lo requiera, asi mismo siendo que hay equipos reparados en la empresa que no cobre por que no estaban entregados y otro trabajo de 300 pesos que se realizo en conjunto con la empresa pero nunca lo cobre por que alegaban que
    a ellos no se lo pagaron nunca.

    corresponde hacer un juicio laboral? me corresponde cobrar algo aunque me haya ido de la empresa por mi cuenta???

    desde ya agradezco inmensamente a quien se tome la molestia de contestar mi inquietud.

    Mauro
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  • #2 Re: calculo aproximado de indemizacion

    mauro, te contesto lo q entendi. si ves q mi respuesta no te satisface volve a postear las veces q sea nec xq me resulto un poquito dificil entender tu situacion, me refiero a q son varias cuestiones algunas independendiente entre si.

    1. no importa q ellos no hayan cobrado el trabajo, si vos lo hiciste te tienen q pagar.
    2. la Ley de Contrato de Trabajo dice q siempre q haya un cambio de empleador opera una transferencia del establecimiento y el adquirente es solidariamente responsable de las deudas q el transmitente tenga, asi q no te hagas drama q este quien este de empleador hoy dia podes reclamar igual. podes reclamar el pago a cualquiera de los empleadores (tu viejo empleador o el hijo y el yerno q estan ahora) lo unico es q debes probar la deuda con el viejo empleador, no podes intimar directamente al adquirente.

    3. no me quedo claro lo de la deuda. lo unico q te puedo decir es q todo adelante debe se te retiene del sueldo, salvo un uso abusivo de dicha facultad por parte de tu empleador o q este haya obrado con dolo. es decir, por ejemplo q el siempre te ofrecia prestarte plata para q vos te endeudes.

    4. podrias reclamar una doble indemnizacion por relacion laboral no registrada y extinguida. y obviamente todos los aportes a la seguridad social, y demas rubros pertinentes tales como sac, asginaciones familiares, etc, etc.

    saludos, espero te ayude mi comentario, cualquier pregunta q tengas sera bienvenida.... como siempre en el foro te recomendamos asesorarte con un profesional.
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  • #3 Re: calculo aproximado de indemizacion

    Tenes que actuar rapido, por que el tiempo corre en tu contra. Temdrias que mandar una Carta documento considerandote despedido (eso lo saque de mi hija boga) La deuda que te reclaman esta documentada con algun isntrumento de cobro legal?
    Tenes derecho a reclamo pero la Carta Doc. es muy importante al igual que el conteniodo de su redaccion.
    Me parece que necesitas intervencion de un profesional, la mayoria de los letradosl no te cobran adelantado por juicios laborales, solo cuando ganes el juicio pagaras
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  • #4 Re: calculo aproximado de indemizacion

    Ojo con lo que haces, no podes considerarte despedido asi nomas, tenes que intimar primero a tu empleador a que cese de efectuar la maniobras que vos mencionas bajo apercibimiento de considerarte despedido. en definitiva segui solo la ultima parte del consejo de diogenes, anda a un abogado antes de tomar cualquie medida. En materia laboral lo que haces mal al principio despues no lo podes arreglar.
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