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Despido Indirecto p/ Enf. Inculpable

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    01/05/2007
    #1 Despido Indirecto p/ Enf. Inculpable
    Hola a todos,
    Buscando información en Google, encontré este magnifico lugar; ya leí muchos post que me sirvieron mucho, y quiero felicitar a Xime y a todos los demás porque me parece que saben muchísimo de Derecho Laboral. Lo que no es mi caso, ya que me recibí hace muy poco.
    La semana pasada tuve mi primera consulta laboral. Les juro que se me están presentando mil dudas, no en cuanto a cuestiones de fondo que en eso dentro de todo poniéndose las pilas y leyendo la normativa es suficiente, pero el problema es saber en el orden práctico como ir andando el camino.
    Por ahí me da un poco de vergüenza hacer estas preguntas, porque a Uds. quizás les parezcan temas súper básicos, pero bue… como les dije, recién estoy empezando.
    Las dudas que tengo son muchas, pero no quiero abusar así que les pregunto lo que más preocupa en este momento.
    Mi cliente (todavía no me acostumbro a decir “mi cliente”, je) trabaja en un call center (ingresó el 20-03-06) y desde hace unos meses no puede trabajar porque está en una situación limite, re mal de salud, tiene zumbidos en los oídos y problemas de ansiedad. La empresa denunció la situación ante la ART pero ésta desconoció el carácter profesional de la enfermedad y lo mandó a la Obra Social, el tipo impugnó ese dictamen ante la Comisión Médica y tiene un expte. pendiente de resolución. Los médicos particulares que lo están tratando (Otorrino y Psiquiatra) le fueron prorrogando la licencia, y no le dan el alta porque no se cura de los zumbidos (según averigüé pueden llegar a quedar permanentes).
    La cuestión es que en Abril se le terminaron los 3 meses de licencia paga, y la empresa lo quiere hacer firmar la renuncia.

    A mi entender correspondería mandar un telegrama por despido indirecto, ya que por los problemas que tiene no puede laburar ni con cambio de tareas, y tramitarle el Seg. de Desempleo, hasta tanto haya alguna respuesta de la Comisión Medica (estoy acertado?)
    Y de seguir ese camino necesito saber donde puedo encontrar algún modelo de telegrama que se ajuste a este caso, y que rubros indemnizatorios debería incluir.
    Slds.
    Drako
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    11 comentarios / 15079 Visitas

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    02/05/2007
    #2 Re: Despido Indirecto p/ Enf. Inculpable

    porque le vas a mandar un telegrama por despido indirecto, cual es la injuria cometida por la patronal, el hecho que le esten pidiendo que envie el telegrama de renuncia no es para mi punto de vista injuria alguna. No te olvides que vencido el plazo pago por enfermedad ( no tenia cargas de familia?) tiene un año mas de reserva del puesto ( sin haberes) Salvo que el despido lo quieras solo al efecto de cobrar el subsidio por desempleo ( que no te olvides por la antiguedad solo le corresponderia por 3 meses) con lo cual en todo caso deberias inventar una injuria para que el Ministerio te lo acepte para el desempleo. Tu cliente ni siquiera puede efectuar tareas livianas?

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    02/05/2007
    #3 Re: Despido Indirecto p/ Enf. Inculpable

    Drako, ante todo bienvenido y pregunta todo lo que quieras q vamos a tratar de darte toda la ayuda que sea posible!! Derecho Laboral es interminable por lo que hasta las cuestiones mas basicas pueden complicarse...

    sostengo lo mismo que pepe el hecho de que le haya pedido que renuncie no es causal para considerarse despedido, pensalo en terminos del art 242 y veras que no encuadra.
    hiciste bien en ir a CM, si tiene el preocupacional hecho con la audiometria seguro vas a tener un resutlado favorable. en el caso de que CM reconozca la procedencia laboral deberas reclamar prestaciones dinerarias y en especie y reintegro por prestaciones en especie no gozadas, siendo que debiste acudir a un particular.

    y obviamente que ni se le ocurra renunciar, total tiene el plazo de conservacion de empleo...

    saludos y nuevamente bienvenido!!

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    02/05/2007
    #4 Re: Despido Indirecto p/ Enf. Inculpable

    Perdón, no sé si viene al caso, pero puede ser que por estar dentro del rubro de comercio, la ART se pueda agarrar de eso para no calificar como enfermedades profesionales a varias de las dolencias que suele producir el trabajo en los call centers?

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      • 25/03/07
    02/05/2007
    #5 Re: Despido Indirecto p/ Enf. Inculpable
    Cita Escrito por pepecurdele Ver mensaje
    porque le vas a mandar un telegrama por despido indirecto, cual es la injuria cometida por la patronal, el hecho que le esten pidiendo que envie el telegrama de renuncia no es para mi punto de vista injuria alguna. No te olvides que vencido el plazo pago por enfermedad ( no tenia cargas de familia?) tiene un año mas de reserva del puesto ( sin haberes) Salvo que el despido lo quieras solo al efecto de cobrar el subsidio por desempleo ( que no te olvides por la antiguedad solo le corresponderia por 3 meses) con lo cual en todo caso deberias inventar una injuria para que el Ministerio te lo acepte para el desempleo. Tu cliente ni siquiera puede efectuar tareas livianas?
    Hola Pepe, gracias por tu respuesta.
    En realidad lo que busco es que el pobre tipo no quede sin un mango en los meses que vienen hasta que se resuelva lo de la ART. Se lo ve realmente mal, encima si bien no tiene cargas fliares. legalmente registradas, ayuda a la madre y los hermanos que son del interior, y esta re preocupado por eso, porque con los problemas que tiene (por los zumbidos no puede dormir de noche y según los certificados médicos tiene cuadros de ansiedad y falta de concentración) no puede buscar otro laburo.
    Yo también al principio encuadraba la situación como vos, que es lo más lógico, pero intentando buscar alguna vuelta de tuerca distinta es que estoy barajando la posibilidad si en vez de hacerlo que mantenga el puesto hasta ver si se mejora (cosa que según la otorrino es dificil, porque en el caso de acufenos ocasionados por exposición al ruido, lo mas probable es que quedan permanentes), es denunciar el contrato de trabajo agarrandome del 212 (Cuando de la enfermedad o accidente se derivara incapacidad absoluta para el trabajador, el empleador deberá abonarle una indemnización de monto igual a la expresada en el artículo 245 de esta ley. Este beneficio no es incompatible y se acumula con los que los estatutos especiales o convenios colectivos puedan disponer para tal supuesto.)
    De esa forma cobraria algo de indeminización y tendría el Seg. de Desemp. para poder tirar hasta que salga lo de la ART (si es que sale, porque si bien inició el tramite. lo hizo mal, así que tambien toy en esa viendo de que manera se puede reencauzar el expediente o iniciar otro).
    En cuanto a la injuria, toy viendo de aducir inobservancia del empleador de cuestiones de higiene y seguridad, como ser que los headset no estaban bien configurados, tenían interferencias, y le producian un pitido fuerte entre llamada y llamada, el intenso ruido ambiente, y la sobrecarga de trabajo (solo 30 seg. de descanso entre llamada), entre otras cuestiones.
    Por eso son justamente mis dudas, sería un despido indirecto no muy ortodoxco que digamos, y toy en dudas si no meto la pata de hacerlo de esa forma. Uds. que opinan?

    Cita Escrito por martinm Ver mensaje
    Perdón, no sé si viene al caso, pero puede ser que por estar dentro del rubro de comercio, la ART se pueda agarrar de eso para no calificar como enfermedades profesionales a varias de las dolencias que suele producir el trabajo en los call centers?
    Hola Martín,
    Te comento, yo justo toy empapado de ese tema, porque toy investigando por este caso. Como vos decis mi cliente está en el convenio colectivo de emp. de com. (una re garcha del call center, porque debería estar en FOETRA), lo hacen para abaratar costos porque los de comercio tienen menos beneficios.
    Pero en realidad que esté en ese convenio no incide en la calificación de enfermedades profesionales, eso se maneja por baremos dictados por el Poder Ejecutivo que son reglamentarios de la LRT.
    Sin embargo la LRT ya es rigida, o sea no abarca solo las enfermedades profesionales incluidas en los baremos, sino que por una reforma de hace poco se abre la posibilidad de reclamar por dolencias no listadas. Eso sí impone un tramite mucho mas engorroso ya que exige hacer una petición fundada con firma de médico legista (tipo un pericial), cosa que para las listadas no pide.
    Esa pequeña gran diferencia de procedimiento es lo que me esta dejando sin sueño a en estos momentos, je

    Cita Escrito por juampinir Ver mensaje
    Drako, ante todo bienvenido y pregunta todo lo que quieras q vamos a tratar de darte toda la ayuda que sea posible!! Derecho Laboral es interminable por lo que hasta las cuestiones mas basicas pueden complicarse...

    sostengo lo mismo que pepe el hecho de que le haya pedido que renuncie no es causal para considerarse despedido, pensalo en terminos del art 242 y veras que no encuadra.
    hiciste bien en ir a CM, si tiene el preocupacional hecho con la audiometria seguro vas a tener un resutlado favorable. en el caso de que CM reconozca la procedencia laboral deberas reclamar prestaciones dinerarias y en especie y reintegro por prestaciones en especie no gozadas, siendo que debiste acudir a un particular.

    y obviamente que ni se le ocurra renunciar, total tiene el plazo de conservacion de empleo...

    saludos y nuevamente bienvenido!!
    Gracias por tu bienvenida Juampinir, veo que ya eres todo un colaborador (yo un simple primate , pero bue.. no suena tan gracioso como "mono maestre" Igual te prometo que desde mi condición de primate voy a tratar de ayudar en todo lo que este a mi alcance y no tan solo hacer preguntas.
    Me encantaría poder tener tu confianza en que el expte de la CM va a ser favorable, pero si supieras como son las cosas, creo que no pensarias así.
    No se por qué, pero por todas partes este tipo me trae complicaciones (me pregunto porque no me tocó un caso de esos super standar como los de los practicos de la facu, je).
    No quiero abundar en muchos detalles para no cansarlos, pero te cuento un poco como es esa cuestión a ver si me dan una mano.
    En cuanto al preocupacional no le hicieron ninguno, así por lo menos por ahí tiene un puntito a favor, pero cuando el chavon presento certificado med. pidiendo liciencia, la empresa denuncio la cuestion a la ART. La denuncia se inicio por "acufenos, cervicalgia y ansiedad intensa", pero la ART le hizo dos examenes pedorros y a los dos dias le dio de alta, encuadrando el pedido en una presunta hipoacusia, que no constató (el chavón tiene zumbidos pero escucha bien) . Despues le dijeron que se tenía que presentar ante la CM, hizo eso pero inició un trámite por "divergencia de prestaciones" para que la ART se haga cargo de los gastos.
    Como lo que tiene son enfermedades no listadas, debería haber iniciado un tramite especial incluyendo informe pericial de medico legista.
    Ahora yo estoy en la indecisión de como arreglo eso. Si hago un escrito pediendo se adjunte el informe pericial a ese expediente y en base al principio de aformalismo de la ley de proc. administrativos, pido que se adecue el tramite iniciado al procedimiento correspondiente, o si inicio un nuevo expediente con el formulario que se debería haber usado, adjuntando el informe, y pidiendo que se agregue el expediente viejo para que no tengan que repetirle los examenes que ya le hicieron.
    Otra opción que taba pensando es directamente presentar un amparo ante la justicia planteando la inconstitucionalidad del procedimiento ante las comisiones médicas y pidiendo una medida cautelar que obligue a la ART a hacerse cargo de las prestaciones médicas y dinerarias, pero claro ahí el principal obstaculo es que el ya inicio un pedido ante las comisiones.
    Sinceramente toy parado frente a un laberinto, no se por donde salir...
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    03/05/2007
    #6 Re: Despido Indirecto p/ Enf. Inculpable

    tenes razon en querer hacerlo pasar por inculpable pero no creo q te den 66% por esta incapacidad,,, quizas tratando que pedir otro puesto que si tiene y demostrando que no se lo quiere dar... a esa la veo mas facil.... pero en todo caso creo q no le conviene a la persona en terminos de posibilidades futuras ya que se le va a hacer mas dificil encontrar trabajo con esta incapacidad, y no es mucha plata lo que le van a pagar.... hay algunas empresas, generalmente importantes, que ante casos criticos de enf prof o enf inc tratan de retener a toda costa al personal xq dice flaco favor le hago a la sociedad si dejo sin trabajo a un tipo asi...

    y no se si es aplicable a este caso pero en el decreto reglamentario de CM dice claramente q debera producirse toda la prueba que se tenga, al momento de la denuncia, bajo apercibimiento de rechazo de nueva prueba...

    bueno drako suerte y lamentablemente hay situaciones en las q no se sabe por donde ir ya q hay q conciliar derechos, intereses y necesidades economicas... yo si llego a encontrar jurisprudencia que pueda aportarte algo la posteo...

    saludos!!

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    03/05/2007
    #7 Re: Despido Indirecto p/ Enf. Inculpable

    Bueno, ante todo BIENVENIDO

    Venía justamente, después de leer tu caso y antes de leer las respuestas de Juampi y Pepe y sugerirte que frenes con lo del Despido Indirecto, pero veo que ya lo han hecho...

    Entiendo tu postura y la veo "peleable", el tema es que, como vos bien argumentás, lo que necesita tu cliente es tener algo de dinero estos meses... y, justamente, como lo del Despido Indirecto no es tan claro... es muy probable que la empresa no quiera "arreglar" en conciliación y termines yendo a juicio, en cuyo caso, el esfuerzo por lograr unos mangos para tu cliente quedaría trunco

    Si me aceptás una sugerencia... me pondría en burócrata, y me haría tan pero tan densa.. que para la empresa termine siendo tan pero tan insoportable mantenerme como empleado que arregle una suma para que me vaya...

    OJO, si tenés la casi certeza de que el tema de la CM salga bien, ni dudes... intimá, seguí hinchando, pero que te mantengan el laburo, no utilices el apercibimiento de considerarte despedido, sino el de acudir a la Justicia, llenalos de SECLOS y volvelos locos... pero seguí generando antigüedad

    Espero no haberme extralimitado

    Saludos y bienvenido

    Xime

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    03/05/2007
    #8 Re: Despido Indirecto p/ Enf. Inculpable
    Cita Escrito por Xime Ver mensaje
    Bueno, ante todo BIENVENIDO

    Venía justamente, después de leer tu caso y antes de leer las respuestas de Juampi y Pepe y sugerirte que frenes con lo del Despido Indirecto, pero veo que ya lo han hecho...

    Entiendo tu postura y la veo "peleable", el tema es que, como vos bien argumentás, lo que necesita tu cliente es tener algo de dinero estos meses... y, justamente, como lo del Despido Indirecto no es tan claro... es muy probable que la empresa no quiera "arreglar" en conciliación y termines yendo a juicio, en cuyo caso, el esfuerzo por lograr unos mangos para tu cliente quedaría trunco

    Si me aceptás una sugerencia... me pondría en burócrata, y me haría tan pero tan densa.. que para la empresa termine siendo tan pero tan insoportable mantenerme como empleado que arregle una suma para que me vaya...

    OJO, si tenés la casi certeza de que el tema de la CM salga bien, ni dudes... intimá, seguí hinchando, pero que te mantengan el laburo, no utilices el apercibimiento de considerarte despedido, sino el de acudir a la Justicia, llenalos de SECLOS y volvelos locos... pero seguí generando antigüedad

    Espero no haberme extralimitado

    Saludos y bienvenido

    Xime
    Muchas Gracias Xime por tu respuesta, sinceramente me parece una muy buena estrategia esa, volverse una pulga en el oído y hacerlos que les convenga arreglar por una suma.
    Ahora con lo que vos decías, mas lo que me decía Juanpinir creo que lo mejor sería intimarlos por ejemplo a que abonen las diferencias adeudadas durante los meses de licencia (le pagaron solo el basico, sin comisiones ni nada de lo que le correspondia) y que lo reubiquen en otro puesto (cosa que es medio dificil que puedan).
    Ahora al margen de eso, alguien sabe mas o menos cuanto es razonable pagar por una pericia médica. O alguien conoce algun médico legista bueno?
    Gracias de nuevo y saludos a todos.
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    03/05/2007
    #9 Re: Despido Indirecto p/ Enf. Inculpable

    se q para acompañarte a junta medica con CM y ART, un legista bueno, en caracter de perito de parte, esta cobrando $150 (incluye pericia previa para la defensa ante CM).

    saludos!!

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    04/05/2007
    #10 Re: Despido Indirecto p/ Enf. Inculpable

    Drako ojo tene cuidado y trabaja con cautela, ya que estas metido en uno de los temas mas complicados.
    No te olvides que los sueldos de enfermedad inculpable y accidente de trabajo se calculan de distinta forma, asi que fijate bien con los calculos no vaja a ser que intimas con calculo por accidente de trabajo y a la larga lamentablemente termina siendo una enfermedad inculpable y resulta que el pago podria estar correcto. Las comisiones eran en blanco o se las pagaban por afuera? lo que no seria nada raro. En caso que se las paguen por afuera se te va a hacer dificil probarlas por eso tene cautela, en el derecho laboral en el intercambio telegrafico es extremadamente importante, te diria por experiencia que se juega el 99 % del resultado del juicio

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