Problema laboral

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      • 25/01/07
    10/10/2007
    #1 Problema laboral

    Me ocurrio lo siguiente despues de un periodo de prueba como coordinador en mi trabajo y luego de 3 meses mas la gerencia de mi trabajo decidio que no ocupe mas ese puesto y enviarme a mi puesto anterior. El problema se plantea ahora que yo habia obtenido el aumento de sueldo y por volver a mi anterior puesto me rebajaron el sueldo y en mi recibo de sueldo tambien la categoria.Legalmente esto es posible?

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    4 comentarios / 2153 Visitas

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      • 01/05/07
    10/10/2007
    #2 Re: Problema laboral

    Hola NEskt mi opinion sobre el tema es:
    No te pueden bajar de sueldo, consulta urgente con un profesional, en principio imparte contra el
    ART 66 de la ley de contratodel trabajo el "ius-Variandi", no pueden modificar la forma y modalidades del trabajo aparte te genera un perjuicio material y moral,tenes dos opciones o podes optar por considerarte despedido sin causa o accionar para que se restablescan las condiciones alteradas,es una falta grave bajarte el sueldo asi poque si y cambiarte de categoria esta penado por la ley y aparte tu empleeador lo debe saber bien, asesorate lo antes que puedas y cualquier cosa en psicofxp podemos orientarte.
    te deseo suerte y espero haber sido claro..
    Suerte

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      • 08/10/07
    10/10/2007
    #3 Re: Problema laboral

    No No Te Lo Pueden Bajar,,

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      • 18/10/01
    12/10/2007
    #4 Re: Problema laboral

    Si te lo bajan,podes considerarte despedido y accionar el reclamo ante ese marco con tu empleador.
    Quiza...quieran que te vayas.
    Suerte.-

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      • 06/12/06
    12/10/2007
    #5 Re: Problema laboral

    Ya se dijo todo... pero quería aportar que hay que ver si fue una promoción transitoria no hay drama, siempre y cuando sea conforme a las prescripciones de la ley... saludos!!


    Art. 78. —Deber de ocupación.
    El empleador deberá garantizar al trabajador ocupación efectiva, de acuerdo a su calificación o categoría profesional, salvo que el incumplimiento responda a motivos fundados que impidan la satisfacción de tal deber. Si el trabajador fuese destinado a tareas superiores, distintas de aquéllas para las que fue contratado tendrá derecho a percibir la remuneración correspondiente por el tiempo de su desempeño, si la asignación fuese de carácter transitorio.
    Se reputarán las nuevas tareas o funciones como definitivas si desaparecieran las causas que dieron lugar a la suplencia, y el trabajador continuase en su desempeño o transcurrieran los plazos que se fijen al efecto en los estatutos profesionales o las convenciones colectivas de trabajo.