Se trata de un juicio de 10 empleados, contra una fabrica de vidrios, de los cuales 5 tienen una incapacidad menor al 50%, y los otros 5, una incapacidad mayor al 50%, pero inferior al 66%.
La ley determina un pago unico para los que tienen incapacidad menor al 50%, y una renta periodica, para los que tienen una incapacidad mayor.
Pero el problema surge, porque la demanda es del año 2001, y la empresa está en quiebra desde ese año, entonces no se como se calcularia la renta periodica, o si en este caso, hay que calcular otro tipo de indemnizacion, ya que la empresa no tenia contratada una ART.
gracias