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[PEDIDO] nuevo aumento a empleados de comercio

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alguien sabe algo del nuevo aumento a empleados de comercio???...

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    pazulu escribió el 12/02/2008 a las 18:53 hs.
     
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    #1 [PEDIDO] nuevo aumento a empleados de comercio
    alguien sabe algo del nuevo aumento a empleados de comercio???
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  • juampinir escribió el 12/02/2008 a las 19:40 hs. ¿Mensaje inapropiado?

    #2 Re: nuevo aumento a empleados de comercio

    yess... son $300 no remunerativos (salvo por la mutual del SEC) y extraordinarios que se abonarán en 3 cuotas de misma cuantía... más info (fijate a la derecha está bien grande) http://www.sec.org.ar/

    cualquier duda ya sabés.... saludos
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  • Jimsa escribió el 20/02/2008 a las 12:39 hs. ¿Mensaje inapropiado?

    #3 Re: nuevo aumento a empleados de comercio

    No me lo pagaron!!!! Cómo es esto? Me lo tendrían que haber pagado o todavía estoy a tiempo? Me meti en la pag. del SEC, pero dice que me tendrían que haber pagado $100 este mes y en mi recibo de sueldo no aparece nada.
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  • enanita escribió el 21/02/2008 a las 11:40 hs. ¿Mensaje inapropiado?

    #4 Re: nuevo aumento a empleados de comercio

    deberias reclamarlo ya porque te corresponde, que no se hagan lo boludos es algo que establecio el SEC.

    saludos .
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  • juampinir escribió el 21/02/2008 a las 15:35 hs. ¿Mensaje inapropiado?

    #5 Re: nuevo aumento a empleados de comercio

    Pasa que todavía no está homologado... por eso las empresas no lo pagan. Si bien es raro ya que mientras no sea violatorio al art. 3 bis del decreto 199/88 el ministerio lo homologa, las empresas no lo pagan hasta que salga la homologación del acuerdo.

    saludos
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  • Usuario inexistente escribió el 21/02/2008 a las 21:20 hs. ¿Mensaje inapropiado?

    #6 Re: nuevo aumento a empleados de comercio

    Originalmente publicado por juampinir Ver mensaje
    Pasa que todavía no está homologado... por eso las empresas no lo pagan. Si bien es raro ya que mientras no sea violatorio al art. 3 bis del decreto 199/88 el ministerio lo homologa, las empresas no lo pagan hasta que salga la homologación del acuerdo.

    saludos
    juampinir... ya esta homologado el acuerdo??..
    Gracias de antemano... sos un capo..
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  • juampinir escribió el 22/02/2008 a las 03:44 hs. ¿Mensaje inapropiado?

    #7 Re: nuevo aumento a empleados de comercio

    nop todavía no... seguramente va a tener homologación tácita... me cito a mi mismo jaja

    Respecto de los $100 que acordó el SEC, sucede que todavía no está homologado el acuerdo, por eso los empleadores no lo pagan. Desde ya que es una picardía puesto que el ministerio siempre homologa, salvo que sea violatorio al orden público o contrario al interés general...cosa que no creo que suceda con este acuerdo.... básicamente no homologa en los supuestos del art. 3bis del decreto 199/88. Pero si cuando el gobierno pidió, a mitad del año pasado, que no se celebraran acuerdos con subas salariales mayores al 18,5% y por ej, el SEC acordó un aumento del 23% y el ministerio lo homologó sin dramas... no le va a negar la homologación a éste.... pero bue. Eso si, si ya el mes que viene no te lo abonan se puede reclamar su pago puesto que ya debería estar homologado expresamente o tácitamente, es decir, si transcurridos 30 días hábiles administrativos contados desde la fecha de solicitud de homologación, el ministerio no procede a homologarlo, se tiene por tácitamente homologado (art. 6, L. 23.546).
    saludos
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  • enanita escribió el 22/02/2008 a las 09:14 hs. ¿Mensaje inapropiado?

    #8 Re: nuevo aumento a empleados de comercio

    Concuerdo con los 30 dias , estaria homologado.
    A mi parecer es un hecho el pago.
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  • mashi_kb escribió el 29/02/2008 a las 02:14 hs. ¿Mensaje inapropiado?

    #9 Re: nuevo aumento a empleados de comercio

    Estimados,

    Como quedo este tema? Se debe abonar?
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  • juampinir escribió el 29/02/2008 a las 06:33 hs. ¿Mensaje inapropiado?

    #10 Re: nuevo aumento a empleados de comercio

    Se firmó el 24 de enero, suponiendo que presentaron la solicitud de homologación el día siguiente, recíen se cumplen los 30 días hábiles administrativos el viernes 7 de marzo, transcurrido el cual y atento a éstos considerandos, obtendría el carácter de homologado tácitamente. Con un poco de suerte y buena voluntad se pagará con el sueldo de febrero, aunque se la liquidación se hace antes de éste día no tendrían obligación de pagártela. De todas formas el acuerdo aclara:

    NOTA ACLARATORIA

    El acta firmada nada dice respecto de la posibilidad de absorber o no las sumas dadas con anterioridad, ya sea con similar condición o en carácter de “a cuenta de futuros aumentos”.

    Por lo tanto queda a criterio de cada empresa, resolver si procede a absorber las sumas así otorgadas.
    Legalmente, tiene margen para hacerlo.


    Para resolver los problemas que se pudieran suscitar la cláusula sexta del acuerdo ratifica la comisión de interpretación y resolución de conflictos la que se deberá expedir en el plazo de diez días.


    saludos

    me olvidaba de ésta

    SEPTIMO: Cualquiera de las partes queda facultada para presentar el acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación para su homologación, recaudo al que supeditan su validez y exigibilidad. No obstante, será facultativo de los empleadores comprendidos, abonar las cuotas que se vayan devengando antes de la homologación, en carácter de adelanto a cuenta.
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