Temas Laborales /

[AYUDA] calculo de indemnizacion

Participa en el tema [AYUDA] calculo de indemnizacion en el foro Temas Laborales.
me acaban de despedir y quiero tener en claro ciertas cosas.... tengo una duda existencial ...

Buscar en este tema:
La comunidad de psicofxp.com está interesada en tu opinión sobre
[AYUDA] calculo de indemnizacion
Regístrate y comparte tu opinión ¡Es gratis y toma menos de un minuto!
 
  •  
    despistada escribió el 23/02/2008 a las 14:17 hs.
     
    ¿Mensaje inapropiado?
    1 links from elsewhere to this Post. Click to view. #1 [AYUDA] calculo de indemnizacion
    me acaban de despedir y quiero tener en claro ciertas cosas....
    tengo una duda existencial aunque muy tonta o al menos basica: para calcular los diferentes conceptos de indemnizacion por despido (antigüedad, pre4aviso, sac, vacaciones proporcionales...)tengo que tomar el basico o el neto??????????
    se que para el rubro antigüedad es la mejor remuneracion pero no tengo claro que debo tomar de mi recibo.
    por otro lado todavia no me dieron las vacaciones del año pasado-2007. me corresponde cobrar esas y las proporcionales de lo que va del año?????????

    GRACIAS!!!
     
    | Más
  • juampinir escribió el 23/02/2008 a las 17:54 hs. ¿Mensaje inapropiado?

    #2 Re: calculo de indemnizacion

    bienvenida a psicofxp!

    Siempre tomás en bruto. Acordáte de este mantra: Toda indemnización es NO remunerativa pero para su cálculo se toman los rubros remunerativos. Dicho de otro modo, solamente debés tener en cuenta los rubros remunerativos para el calculo de la indemnización. Respecto de las vacaciones es correcto lo que decís, todavía no las perdiste ya que no se agotó el tiempo de otorgamiento.

    Cualquier cosa date una vuelta por mi página que hay un artículo que explica paso a paso como calcular una indem por despido.

    Saludos
  • despistada escribió el 27/02/2008 a las 15:42 hs. ¿Mensaje inapropiado?

    #3 Re: calculo de indemnizacion

    te agradezco mucho la respuesta. me sirvio para defenderme y saber lo que me corresponde porque me estan calculando mucho menos.

    otra cuestion para calcular las vacaciones no deberia dividirse el sueldo en 25 y no 30, que es lo que dice la ley en el art. 155 o eso es en el caso de las vacaciones realmente gozadas....? GRACIAS DE NUEVO
  • juampinir escribió el 28/02/2008 a las 06:02 hs. ¿Mensaje inapropiado?

    #4 Re: calculo de indemnizacion

    Mirá, en general se calcula, como bien decís, sobre la base de 25 (es más beneficioso para el trabajador aunque incorrecto). Sin embargo, en mi opinión personal, calcularlo sobre 25 sería caer en una errónea interpretación de la naturaleza jurídica del art. 156, por eso es que en el artículo puse 30.

    Una cosa es la retribución de las vacaciones que se calcula en base a lo prescripto por el inciso a del art. 155. Pero el art. 156 habla de una indemnización por vacaciones no gozadas, no de una retribución. Veamos la letra de la ley:

    Cuando por cualquier causa se produjera la extinción del contrato de trabajo, el trabajador tendrá derecho a percibir una indemnización equivalente al salario correspondienteal período de descanso proporcional a la fracción del año trabajada.

    Supongamos que lo marcado en azul, es decir, el período de descanso proporcional a la fracción del año trabajada para tu caso son 5 días. No tiene sentido, si el artículo habla de salario, calcular dividiendo por 25. Si devengo un salario mensual de $1000, cual es el salario correspondiente a esos 5 días? $166,67. La cuenta sería $1000/30 = $33,33*5días = $166,67.

    Dicho en semejanza a la letra de la ley: cuál es el salario correspondiente al período de descanso proporcional a la fracción de año trabajada? Suponiendo que el período de descanso proporcional a la fracción de año trabajada es de 5 días y que el salario diario es de $33,33, la indemnización por vacaciones no gozadas sería de $166,67.

    Nuevamente, el art. 156 habla de una indemnización a determinarse sobre la base SALARIAL, no de una retribución a determinarse de la forma especial detallada en el art. 155 inc. a. Si yo tengo que tomar el salario como referencia no tiene sentido dividir por 25. Sin embargo, vos me podés decir que en vez de 30 tomás 30,4 o promedias los meses trabajados... eso según el criterio de cada uno. Además, el legislador por algo aclara lo de salario la forma de cacular (diciendo equivalente al salario) caso contrario se hubiese limitado a decir que percibirá una indemnización por vacaciones y hubiese remitido al art. 155 inc. a.

    Bueno, espero se entienda... pero te repito, siempre se suele calcular dividiendo por 25, como si se tratase de un goce de vacaciones.... no te preocupes que es más beneficioso para vos.

    Saludos!!

    PD: ahora que leí mi respuesta parece que fue redactada en un tono hostil pero nada que ver, va con la mejor... es complicado a veces expresar el tono correcto vía escrita jeje
  • despistada escribió el 01/03/2008 a las 18:44 hs. ¿Mensaje inapropiado?

    #5 Re: calculo de indemnizacion

    hola antes que nada no me parecio nada hostil tu mensaje y me sirvio mucho tu ayuda, es mas hasta visite tu blog y me parecio muy bueno no tuve mucho tiempo para escribirte ahi...

    y si, la verdad me quedo claro lo que decis de las vacaciones y yo tambien, leyendo detenidamente pense lo mismo que vos mas o menos y no quiero mas de lo que me corresponde (obvio que menos tampoco)

    bueno cualuier cosa te escribo, que en estos momentos todo se vuelve medio raro y me das seguridad en lo poco que se del tema!!!
  • POCASMINAS escribió el 03/03/2008 a las 15:59 hs. ¿Mensaje inapropiado?

    #6 Re: calculo de indemnizacion

    Originalmente publicado por juampinir Ver mensaje
    bienvenida a psicofxp!

    Siempre tomás en bruto. Acordáte de este mantra: Toda indemnización es NO remunerativa pero para su cálculo se toman los rubros remunerativos. Dicho de otro modo, solamente debés tener en cuenta los rubros remunerativos para el calculo de la indemnización. Respecto de las vacaciones es correcto lo que decís, todavía no las perdiste ya que no se agotó el tiempo de otorgamiento.

    Cualquier cosa date una vuelta por mi página que hay un artículo que explica paso a paso como calcular una indem por despido.

    Saludos
    hola, te queria preguntar en que ley o decreto sale que para el calculo de indemnizaciones se toman solo los rubros remunerativos? mi caso es el de un farmaceutico, le liquidaban mensualmente un adic por bloqueo de titulo no remunerativo de $850 . formaba parte de su remuneracion normal mensual y habitual. imaginate la indemniz se disminuye considerablemente. espero tu respuesta desde ya muchas gracias
  • juampinir escribió el 03/03/2008 a las 17:17 hs. ¿Mensaje inapropiado?

    #7 Re: calculo de indemnizacion

    Buenas!... art. 245 L. 20.744. Es una aclaración de tipo implícita. No vas a encontrar norma explícita que lo diga.

    Saludos!!
  • #8 Re: calculo de indemnizacion

    Hola!!! necesitaría que me orienten para saber que tiene que responder mi hermano el lunes; el caso es as: El trabajo en un gimnasio atendiendo, dando clases, parte de musculación, se encargaba de todo, es estudiante de educación fisica, estaba en negro, trabajaba desde las 8 de la mañana hasta la 13 y de las 16 hasta las 21 de L a V y los Sabados de 9 a 13. Le pagaban $ 500 y más $ 5 por cada afiliado, lo que hacia un total de más o menos de $1.100 por mes, teniendo en cuenta que fueron los útimos meses ya que antes era mucho menos. Ingreso en marzo de 2004 y se considero despedido en enero de 2008, ya que luego de intimar a la registración le dijeron que no vaya más, por lo cual fue a un abogado e inició una demanda, ya que estamos en Provincia de Buenos Aires. ya contestaron la demanda y está en esa instancia del juicio, como que reciesn empieza. Pero el otro día lo llamó a mi hermano el abogado para decirle que recibió una propuesta extraoficial de parte de la demandada de pagarle $ 30.000 en 8 cuotas, y el dice que agarre que le conviene, y mi hermano duda ya que los dos primeros meses no cobraría, ya que sería el honorario del abogado, además el dinero así en cuotas es como nada y más con los aumentos que hay en el País mes a mes. Teniendo en consideración que el abogado en la demanda que presentó en la indemnización colocó $ 58.000. Puede ser que baja tanto y le diga que igual tiene que agarrar. Ah!! Cuando mi hermano le dijo que no, el abogado le dijo que no se deje inflñuenciar por su familia, cosa que vio mal, ya que en mi casa nadie le dijo nada, eso lo decidió por su cuenta. Quedaron en que el día lunes tiene que contestar. YUstedes que opinan????? Por favor nesecito una mano. Muchas Gracias!!!!!!
    Monodrila

LinkBacks: http://www.psicofxp.com/forums/temas-laborales.128/640567-ayuda-calculo-de-indemnizacion.html


Estadísticas del tema
  • 7 RESPUESTAS
  • 6483 VISTAS
  • 4 USUARIOS RESPONDIERON
 
Ir arriba
Contacto | Acerca de | Ayuda | Términos Legales | privacidad | Pautas de convivencia | Mapa de los foros | TrabajÁ con nosotros
©2008 Psicofxp.com S.A. - Todos los derechos reservados
Certifica IAB