calculo de incapacidad
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quisiera saber como se calcula el monto a recibir por incapacidad laboral dictada por la superintendencia, ya que me dieron el 20 por ciento, con un sueldo de 20000 netos...gracias
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Hola alguien me podria decir, cuanto me corresponde de dinero por que me dieron 15 grados de incapacidad por cirugia de menisco de rodilla, la ART MAPFRE me dio el alta y cuanto me corresponde de dinero, yo cobro $ 3.000 mensual. Cuanto me corresponderia que me pague la ART? Espero sus respuesta a mi consulta.
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hola mi nombre es marcelo y algo del tema entiendo ya pase por 2 accidentes y vengo luchando hace dos años con las art , mira lo que te dijo el avogado de que no vallas a la junta medica de la art esta bien no es obligatorio , mas que nada es para que ellos tengan una idea de como estas antes de la junta de comision medica , esa es a la que te tenes que presentar la art se quiere cubrir para ver si se pueden asegurar que ellos ya te vieron y no te vallan a dar mas incapacidad de la que ellos te dan
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Estimados del foro: para hacer el cálculo de la incapacidad ha que saber cual es la secuela que quedó del accidente. Tienen que recurrir a un médico legista que sepa del tema y no solo eso: que pueda entrar a la revisación tanto en la art como en la Superintendencia, lugar donde se da el visto bueno. SI van solos, la art siempre te dará lo menos posible, total, defienden el negocio. Pero si van con alguien del tema, la art NUNCA podrá hacer un arreglo si tienen enfrente a alguien que sabe. Luego, el Médico Legista te acompañará a la otra junta y finalmente sabrás y podrás cobrar todo lo que por derecho les corresponde, en tiempo y forma. Este es un tema eminentemente MEDICO, donde entra a tallar el conocimiento del cuerpo y las secuelas producto del accidente. NO SE CONFUNDAN !! Saludos
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Estimada Edit:
Si la secuela producto de tu accidente laboral te imposibilita a realizar las funciones anteriores, es la ART la que te tiene que RECALIFICAR. Ahora bien, si la empresa no tiene un puesto que va con tu capacidad física, puede decir que NO TIENE ALGO PARA VOS Y TE PUEDE DESPEDIR. Pero eso amerita una indemnización por dejarte sin tu fuente de trabajo (es tu derecho). Con respecto a la indemnización relacionado a las secuelas producto de tu accidente, dependerá de la incapacidad otorgada, de tu edad y del promedio de tu sueldo de los últimos 12 meses. Es una fórmula conocida y lo dicta la ley, contemplada por la ley de Riesgos del Trabajo.
Pasame los datos y te calculo el valor aprox. Si el tiempo de trabajo fué menor a un año, se calcula en función de ese tiempo trabajado.
Aguardo los datos.
PD: a todos los visitantes de este foro: Estamos expuestos a accidentes laborales(en el trabajo ó en camino de ida o de vuelta:llámese IN ITINERE, y lamentablemente a algunos les quedan secuelas. Por ley, la ART debe indemnizar la incapacidad que originó ese accidente. Esa incapacidad se otorga según la evaluación MEDICA...Digo MEDICA, sea médico legista, médico laboral, quienes conocen el cuerpo humano normal y lo alterado(secuelas) productos del accidente, y lo mas importante...medir esas secuelas que se expresan en incapacidad por haber perdido LAS FUNCIONES NORMALES. Esa incapacidad que tiene que pagar la art es entre el trabajador y la art: el empleador NI se tiene que enterar de éste tema. No tiene que saber cuanto cobraste ni que porcentaje de incapacidad le fué otorgado. Asesorense por quien sabe; mientras...SIGAN TRABAJANDO !!. Su trabajo NO ESTÁ EN RIESGO. Si queda en manos de los letrados, va de una a juicio seguramente, haciendo reclamos a la art y al empleador (preparense para dejar el puesto de trabajo, seguramente los van a intimar a renunciar, pero NUNCA LO HAGAN. Si el empleador no los quiere mas....que los despida y luego pague la indemnización. Ese es otro tema sobre el cual NO me extenderé porque es tema de los abogados.
Si tienen dudas, inquietudes........... pregunten !!
Saludos.
---------- Mensaje agregado a las 17:37 ---------- Mensaje anterior a las 17:31 ----------
Hola Facu.... Resolviste tu inquietud? Acá un médico legista-laboral a tu disposición...
---------- Mensaje agregado a las 17:43 ---------- Mensaje anterior a las 17:37 ----------
gusta48: lamentablemente NO podés apelar a la recalificación. Aunque vaya en contra de tus intereses económicos (lo mas frecuente), la misma se realiza para prevenir mayor enfermedad al estar en el mismo trabajo que seguramente es de exigencia física mayor. Esto no lo determina la art... es LEY !!.
Pensá que tu integridad física se verá afectada si seguís en el mismo trabajo. PD: contame un poco más sobre la razón de tu recalificación (accidente ó enfermedad profesional). Saludos y a tu disposicón. JM: Médico Legista-Laboral
---------- Mensaje agregado a las 18:09 ---------- Mensaje anterior a las 17:43 ----------
Facupati: [El tema es q cuando me dan el alta, me comunico con el abogado me pide unos papeles y me dice q no me presentara a la junta medica propuesta por mapfre (mi art) ya q no podia ir yo con un medico y me iban a querer convencer de aceptar menos de lo q me corresponde. En ese momento le pregunto cuanto era lo q mo correspondia y si en caso de concurriar a la junta de la art me podia negar y hacer el reclamo.
esto no le gusto nada, en un pricipio no me queria explicar nada y solo repetia q no fuera.
no me gusto su actitud, nunca estuvo predispuesto a explicar mucho, y hasta antes de saber q era mapfre la art, me decia q se podia hacer el reclamo antes del alta.]
Estimado Facu: al no presentarte ante el llamado de la art, estas perdiendo la oportunidad que te da la ley de ser evaluado, que determinen la incapacidad(secuelas) producto de tu accidente o enfermedad profesional. Tu abogado, mala decisión en elegir a un profesional que te asesore, no puede entrar al consultorio de la art ni tampoco a la SRT, donde finalmente se dará el visto bueno al valor otorgado y luego vendrá el pago dinerario. Mientras, consultando a un Médico laboral- Médico Legista, aparte de saber de leyes, sabe de tus derechos, sabe de las obligaciones de la art, sabe del cuerpo humano NORMAL y de la alteración que sufrió producto de un accidente. Podrá medir esa secuela, y defenderá tus derechos y esos valores DENTRO DEL CONSULTORIO, DONDE SOLO EL Y SOLO EL PODRÁ ENTRAR. Ni siquiera un familiar tuyo lo puede hacer; menos un abogado a los fines de reservar el secreto profesional. Vos serás testigo de como defenderá tus derechos. Deberá acompañarte en todo lugar donde haya junta MEDICA, sea en la art como en la SRT. Ahora, si el letrado considera que hay otras cosas que se pueden reclamar..... eso NO LO SE, porque no es mi campo. Si te/los citan.... vayan !! acompañados con un Medico Legista. Y si van solos y no les gusta algo....firmen en disconformidad, pero siempre hay que ir !! No pierdas/n el derecho a recibir el resarcimiento de la art que la LEY LES OBLIGA. ES TU DERECHO.....ES MI DERECHO.....ES NUESTRO DERECHO !!. Para el resto, hay tiempo. La art como toda entidad privada, va a intentar darte lo menos posible, eso está por entendido. ´Desestimará alguna secuela y finalmente el valor de la secuela(valor de la incapacidad) será menor, y lógicamente te pagaran MENOS, ó lo peor....NO TE PAGARAN NADA porque consideran que no hay incapacidad. Pero....ninguno se atreve a hacer esa maniobra si al lado tuyo hay un conocedor del tema y que está para defender TUS DERECHOS.... Tema MÉDICO.....CON EL MEDICO. Saludos -
Estoy en la etapa de resolución de la incapacidad laboral que tengo, quede con las siguientes secuelas: arcos costales quebrados con neuralgia intercostal, neumotorax bilateral recuperado con dos drenajes pleurales fractura de clavícula con osteosintesis con movilidad correcta del brazo pero con ausencia de sensibilidad en el lugar de la operación. saludos!
