Hola:
Le comunicamos que debido a la notoria disminucion de tareas a desempeñar en su puesto, es que nos vemos en la obligación de dar por concluida la relacion de dependencia a partir del dia de la fecha.
Liquidación final y certificados a su disposición a partir del dia…………………………………………
TEXTO 2
A pesar de los esfuerzos realizados por nuestra empresa para evitar consecuencias de la crisis que nos afecta, resulta imposible mantener los gastos mensuales, por lo que a partir de la fecha damos por finalizada la relación laboral que nos une.
Liquidación final, indemnizaciones y certificaciones de servicio a su disposición a partir del 10 de Mayo
Algunos abogados usan la palabra restructuracion, queda mas fino y no le da a entender al empleado claramente porque se lo despidio.
Igual, no se si sabras que es muy distinto un tipo de liquidacion de otra.
Suerte